Cienci.
Enviado por flaminia1990 • 14 de Marzo de 2014 • Práctica o problema • 431 Palabras (2 Páginas) • 296 Visitas
El ius variandi es la facultad que tiene todo empleador de modificar las circunstancias/condiciones/modalidad en las que el trabajador ejecuta la prestación de labores contratada, y “su uso estará determinado por las conveniencias razonables y justas que surgen de las necesidades de la empresa y que de todas maneras, según lo tiene establecido la doctrina y la jurisprudencia, habrá de preservarse el honor, la dignidad, los intereses, los derechos mínimos y seguridad del trabajador y dentro de las limitaciones que le imponen la ley, el contrato de trabajo, la convención colectiva y el reglamento de trabajo.” (Sentencia T-407 de 1992, MP. Rodríguez Rodríguez).
¿Cuál es el límite constitucional del IUS VARIANDI?
“Está limitado, ante todo, por la norma constitucional que exige para el trabajo condiciones dignas y justas (art. 25 C.N.), así como por los principios mínimos fundamentales señalados por el artículo 53 de la Carta en lo que concierne al estatuto del trabajo. Y, por supuesto, su ejercicio concreto depende de factores tales como las circunstancias que afectan al trabajador, la situación de su familia, su propia salud y la de sus allegados, el lugar y el tiempo de trabajo, sus condiciones salariales, la conducta que ha venido observando y el rendimiento demostrado. En cada ejercicio de su facultad de modificación el empleador deberá apreciar el conjunto de estos elementos y adoptar una determinación que los consulte de manera adecuada y coherente. En últimas, debe tomar en cuenta que mediante aquella no queda revestido de unas atribuciones omnímodas que toman al trabajador como simple pieza integrante de la totalidad sino como ser humano libre, responsable y digno en quien debe cristalizarse la administración de justicia distributiva a cargo del patrono.” (Sentencia T-483 de 1993, MP. Hernández Galindo).
¿Qué circunstancias debe tener en cuenta el empleador al ejercer el IUS VARIANDI?
“El ius variandi deberá ejercerse teniendo en cuenta: (i) las circunstancias que afectan al trabajador; (ii) la situación familiar; (iii) su estado de salud y el de sus allegados; (iv) el lugar y el tiempo de trabajo; (v) las condiciones salariales; y (vi) el comportamiento que ha venido observando y el rendimiento demostrado. De esta manera, el ejercicio del ius variandi implicará que para cada caso, el empleador observe estos condicionamientos, para que pueda tomar una decisión adecuada y coherente, y no se vean vulnerados los derechos fundamentales del trabajador.” (Sentencia T-751 de 2010, MP. Pretelt Chaljub).
¿A quien corresponde la carga probatoria de la afectación por el ejercicio del IUS VARIANDI?
Corresponde al trabajador probar – no basta sólo con alegar – que una decisión realizada en ejercicio del Ius Variandi lo está afectando.
...