Clasificacion De Los Titulos De Credito
Enviado por williamrc • 13 de Marzo de 2013 • 337 Palabras (2 Páginas) • 542 Visitas
Clasificación de los títulos de crédito.
Por la ley que los rige.
Se refiere a que en esta clasificación se trata de la posible existencia de títulos previstos y regulados por una ley, incluso que tengan un nombre específico, contrario a otros que no tengan ni regulación ni nombre.
Títulos nominados.
Son todos los títulos de crédito previstos por la ley de la materia, en razón de que se les atribuye una denominación, se regula su emisión, transmisión y demás circunstancias que le son propias.
Ejemplos son la letra de cambio, el pagaré, el cheque, las obligaciones, los certificados de participación, el certificado de depósito y el bono de prenda.
Títulos innominados.
Esto significa que el título no tiene ni denominación propia, ni regulación en la ley.
La propia ley de títulos no permite la existencia de este tipo de documentos, pues el artículo 14 de la ley de títulos dice:
“Los documentos y los actos a que este Título se refiere, sólo producirán los efectos previstos por el mismo, cuando contengan las menciones y llenen los requisitos señalados por la ley y que ésta no presuma expresamente.”
Por lo tanto no es legalmente posible crear títulos de crédito fuera de los previstos por la ley.
Por la responsabilidad del emisor.
Públicos.
Estos son títulos de crédito emitidos por el gobierno federal, estatal o municipal, autorizados por alguna ley o reglamento legislativo.
Ejemplo de estos son los Certificados de la Tesorería de la Federación o CETES, o los Bonos de Desarrollo o BONDES.
Dentro de esta clase podemos mencionar algunos como los emitidos por Petróleos Mexicanos y que se conocieron como PETROBONOS.
Privados.
Por exclusión podemos decir que son aquellos títulos que no son públicos, que provienen de personas físicas o jurídicas de naturaleza privada y que no tengan carácter gubernativo alguno.
Cabe mencionar que existe duda cuando los certificados de participación son emitidos por una institución de crédito, para destinarlos a un fideicomiso público.
En este caso, coincido en que deben ser considerados públicos no tanto por la persona que los expide y que es privada, sino por el fin a que se destinan.
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