Codigo De Comercio
Enviado por lezm • 25 de Septiembre de 2012 • 7.106 Palabras (29 Páginas) • 391 Visitas
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS
1
Constitución Política de la República Mexicana de 1857
Número 48881
Febrero 12 de 1857.- Constitucion Política de la República.
Ignacio Comonfort, Presidente sustituto de la República
Mexicana, á los habitantes de ella, sabed: Que el congreso
extraordinario constituyente ha decretado lo que sigue:
En el nombre de Dios y con la autoridad del pueblo
mexicano.
Los representantes de los diferentes Estados, del Distrito
y Territorios que componen la República de México, llamados por
el plan proclamado en Ayutla el 1 de Marzo de 1854, reformado en
Acapulco el dia 11 del mismo mes y año, y por la convocatoria
expedida el 17 de Octubre de 1855, para constituir á la Nacion
bajo la forma de República democrática, representativa, popular,
poniendo en ejercicio los poderes con que están investidos,
cumplen con su alto encargo decretando la siguiente:
CONSTITUCION
Política de la República Mexicana sobre la indestructible base
de su legítima independencia, proclamada el 16 de setiembre de
1810, y consumada el 27 de setiembre de 1821
TITULO I
SECCION I
De los derechos del hombre
Art. 1. El pueblo mexicano reconoce, que los derechos del
hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En
consecuencia, declara: que todas las leyes y todas las
autoridades del país, deben respetar y sostener las garantías
que otorga la presente Constitucion.
2. En la República todos nacen libres. Los esclavos que
pisen el territorio nacional, recobran, por ese solo hecho, su
libertad, y tienen derecho á la proteccion de las leyes.
1 Texto conforme a DUBLAN, Manuel y José María Lozano, Legislación mexicana o
colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la
independencia de la República, edición oficial, México, 1877, tomo VIII, pp.
384-399.
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS
2
3. La enseñanza es libre. La ley determinará qué
profesiones necesitan título para su ejercicio, y con qué
requisitos se deben expedir.
4. Todo hombre es libre para abrazar la profesion,
industria ó trabajo que le acomode, siendo útil y honesto, y
para aprovecharse de sus productos. Ni uno ni otro se le podrá
impedir sino por sentencia judicial cuando ataque los derechos
de tercero, ó por resolucion gubernativa, dictada en los
términos que marque la ley, cuando ofenda los de la sociedad.
5. Nadie puede ser obligado á prestar trabajos personales,
sin la justa retribucion y sin su pleno consentimiento. La ley
no puede autorizar ningun contrato que tenga por objeto la
pérdida ó el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre,
ya sea por causa de trabajo, de educacion ó de voto religioso.
Tampoco puede autorizar convenios en que el hombre pacte su
proscripcion ó destierro.
6. La manifestacion de las ideas no puede ser objeto de
ninguna inquisicion judicial ó administrativa, sino en el caso
de que ataque la moral, los derechos de tercero, provoque á
algun crímen ó delito, ó perturbe el órden público.
7. Es inviolable la libertad de escribir y publicar
escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad
puede establecer la prévia censura, ni exigir fianza á los
autores ó impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no
tiene más límites que el respeto á la vida privada, á la moral y
á la paz pública. Los delitos de imprenta serán juzgados por un
jurado que califique el hecho, y por otro que aplique la ley y
designe la pena.
8. Es inviolable el derecho de peticion ejercido por
escrito, de una manera pacífica y respetuosa; pero en materias
políticas sólo pueden ejercerlo los ciudadanos de la República.
á toda peticion debe recaer un acuerdo escrito de la autoridad á
quien se haya dirigido, y ésta tiene obligacion de hacer conocer
el resultado al peticionario.
9. á nadie se le puede coartar el derecho de asociarse ó de
reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero
solamente los ciudadanos de la República pueden hacerlo para
tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunion
armada tiene derecho de deliberar.
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS
3
10. Todo hombre tiene derecho de poseer y portar armas para
su seguridad y legítima defensa. La ley señalará cuáles son las
prohibidas y la pena en que incurren los que las portaren.
11. Todo hombre tiene derecho para entrar y salir de la
República, viajar por su territorio y mudar de residencia sin
necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto ú
otro requisito semejante. El ejercicio de este derecho no
perjudica las legítimas facultades de la autoridad judicial ó
administrativa, en los casos de responsabilidad criminal ó
civil.
12. No hay, ni se reconocen en la República, títulos de
nobleza, ni prerrogativas, ni honores hereditarios. Sólo el
pueblo, legítimamente representado, puede decretar recompensas
en honor de los que hayan prestado ó prestaren servicios
eminentes á la patria ó á la humanidad.
13. En la República Mexicana nadie puede ser juzgado por
leyes privativas, ni por tribunales especiales. Ninguna persona
ni corporacion, puede tener fueros, ni gozar emolumentos que no
sean compensacion de un servicio público, y estén fijados por la
ley. Subsiste el fuero de guerra solamente para los delitos y
faltas que tengan exacta conexion con la disciplina militar. La
ley fijará con toda claridad los casos de excepcion.
14. No se podrá expedir ninguna ley retroactiva. Nadie
puede ser juzgado ni sentenciado, sino por leyes dadas con
anterioridad al hecho y exactamente aplicadas á él, por el
tribunal que préviamente haya establecido la ley.
15. Nunca se celebrarán tratados para la extradicion de
reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del órden
comun que hayan tenido en el país en donde cometieron el delito
la condicion de esclavos; ni convenios ó tratados en virtud de
los que se alteren las garantías y derechos que esta
Constitucion otorga al hombre y al ciudadano.
...