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Codigo De Etica Del Contador


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2013  •  10.078 Palabras (41 Páginas)  •  353 Visitas

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CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR

POSTULADOS GENERALES CORRESPONDIENTES AL CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR PUBLICO

FUNDAMENTOS DEL CODIGO DE ETICA

1. Todas las personas que han obtenido el título de Contador, y que ofrecen sus conocimientos y sus habilidades al servicio de los negocios públicos o privados, instituciones benéficas u otras organizaciones de propiedad de otros, tienen responsabilidades y obligaciones hacia aquellos que confían en su trabajo, hacia los Contadores en particular y hacia el público en general.

2. Con el fin de normar estas responsabilidades y obligaciones del Contador Publico con sus clientes, así como con empleadores, empleados, colegas y público en general, el Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE) y la Federación Nacional de Contadores del Ecuador, establecen el presente Código de Etica del Contador Público.

3. El Código de Etica del Contador Público se encuentra estructurado en dos partes:

a) POSTULADOS GENERALES.- Constituye los enunciados fundamentales y Morales de la ética profesional, orientada al Contador, por lo que su número es limitado. Estos postulados Generales son aplicables a todo Contador, por el sólo hecho de serlo. Es decir que no deberá importar so especialidad o actuación, esto es si lo hace en ejercicio independiente o dependiente, o sea que actúe en instituciones Públicas o privadas.

b) NORMA DE ETICA.- Comprende las ampliaciones o aplicaciones en detalle de uno o más Postulados Generales, siendo su número ilimitado. Las Normas de Etica deberán irse estructurando en base a los requerimientos particulares que genera la evolución profesional de la contaduría pública.

DEFINICION DE LOS POSTULADOS GENERALES

4. El Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE) y la Federación Nacional de Contadores del Ecuador consideran siete Postulados Generales, en base a los cuales deberá regirse la conducta de un Contador en sus relaciones profesionales.

5. Los Postulados Generales y su respectiva definición son los siguientes:

a) INTEGRIDAD.- Un Contador debe ser recto, honesto y sincero al realizar su trabajo profesional.

b) OBJETIVIDAD.- Un Contador debe ser imparcial y no debe permitir que el prejuicio o la predisposición contrarresten su objetividad cuando emita so opinión profesional respecto de estados financieros revisados por el, deberá mantener una actitud imparcial.

c) INDEPENDENCIA.- En la practica profesional, un Contador deberá ser y parecer ser libre respecto de cualquier interés, independiente de su efecto verdadero que pueda ser considerado como incompatible con la integridad y la objetividad. Es la cualidad que le permite al Contador dar un juicio imparcial y tener un razonamiento objetivo respecto a los hechos analizados para llegar a una opinión o tomar una decisión.

d) CONFIDENCIALIDAD.- Un Contador deberá respetar la confidencialidad de la información que obtenga en el desarrollo de su trabajo, y no deberá revelar información alguna a terceros sin autorización especifica, a menos que tenga la obligación legal o profesional de hacerlo. El Contador también tiene la obligación de tomar las medidas para garantizar que sus subordinados y las personas de quienes obtiene consejos y asistencia, respeten fielmente el principio de confidencialidad.

e) NORMAS TECNICAS.- Un Contador deberá efectuar su trabajo profesional con cuidado y eficiencia, de acuerdo con las normas técnicas y profesionales relativas para dicho trabajo, promulgadas por el Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE) y en concordancia con la legislación Ecuatoriana siempre y cuando tales instrucciones no sean incompatibles con los requisitos de integridad, objetividad e independencia.

f) CAPACIDAD PROFESIONAL.- Un Contador tiene la obligación de mantener su nivel de competencia a lo largo de toda su carrera profesional. Solamente deberá aceptar trabajos que él o su firma esperen poder realizar con capacidad profesional.

g) CONDUCTA ETICA.- Un Contador deberá comportarse conforme a la buena reputación de su profesión y frenar cualquier acto que pueda desacreditar a la profesión.

NORMA ETICA No. 1

PUBLICIDAD DIVULGACION Y SOLICITACION

INTRODUCCION

1.- La Federación Nacional de Contadores del Ecuador pone en conocimiento de los Contadores, para su correspondiente observación y cumplimiento, la presente Norma de Etica sobre Publicidad, Divulgación y Solicitación, la cual ha sido preparada por el Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE).

DEFINICIONES

2.- Con el fin de interpretar apropiadamente los términos referidos en esta Norma, las expresiones Publicidad Divulgación y Solicitación tienen el significado que se les confiere en las siguientes definiciones.

a) PUBLICIDAD, es la comunicación al Público de información relativa a los servicios profesionales que puede proporcionar un Contador o una firma de Contadores, con el objeto de obtener trabajo profesional.

b) DIVULGACION, es la comunicación al público de hechos relativo al Contador o a una firma de Contadores, que no lleva la intención de una promoción deliberada del Contador o de su firma.

c) SOLICITACION, es el hecho de acercarse a un cliente potencial, con el propósito de ofrecerle servicios profesionales.

PRONUNCIAMIENTO

3.- Sobre los términos referidos en esta Norma, esto es sobre Publicidad, Divulgación y Solicitación, la Federación de Contadores del Ecuador emite los siguientes pronunciamientos;

a) LA PUBLICIDAD no es deseable en consideración al análisis de los argumentos a favor y en contra de la Publicidad que se describen

APENDICE A.

b) LA DIVULGACION es aceptable, siempre que cumpla con las formalidades que se describe en el APENDICE B.

c) LA SOLICITACION directa a un determinado cliente potencial cuando no mide una invitación expresa de tal cliente, es contraria a Postulados Generales de este Código de Etica.

4.- Sin embargo de lo expuesto en el párrafo 3.A. y por así permitirlo la legislación ecuatoriana, cuando un miembro afiliado requiera realizar Publicidad esta deberá sujetarse a las condiciones que se describen en el APENDICE C.

APENDICE A

ARGUMENTOS SOBRE PUBLICIDAD

1) REFERENCIA: NORMA DE ETICA Nro. 1

PUBLICIDAD, DIVULGACION Y SOLICITACION

1.

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