Codigo Tributario De La Rep. Dom.
Enviado por • 17 de Marzo de 2015 • 3.112 Palabras (13 Páginas) • 460 Visitas
INDICE
Pags.
Introducción………………………………………………………….. 1
Título I:
De las normas generales, procedimientos y sanciones tributarias. ................ 2
Capítulo I:
Disposiciones generales..................................................................... 2-3
Capítulo II:
Sujetos pasivos de la obligación tributaria. ..................................... 4-9
Capítulo III:
Modos extinción de la obligación tributaria. .................................. 9-13
Capítulo IV:
Incumplimiento de la obligación tributaria. ................................... 13
INTRODUCCION
Un código, en Derecho, es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas y principios jurídicos. Un Código Tributario estaría acompañado de esa misma definición pero aplicada a los tributos de un país determinado. Nuestro Código Tributario, legalmente conocido como Código Tributario Anotado de la Republica Dominica y Legislación Complementaria esta amparado por la ley 11-92.
El 16 de mayo de 1992 el Congreso Nacional aprueba el Código Tributario Dominicano, el cual se regirá por la Ley No.11-92 y se aplicaría a los impuestos internos del país. Con su creación y puesta en vigencia el 1ero de junio de ese año, se trató de corregir las deficiencias legales y administrativas de la Ley No.5911 al modificar el Impuesto sobre la Renta, se derogó la Ley No.74 del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), para ampliar la base disponible de este impuesto y aumentar la tasa de un 6% hasta un 8%; y se modificó el Impuesto Selectivo al Consumo cuya administración correspondía a la Dirección General de Rentas Internas, entre otros cambios.
CÓDIGO TRIBUTARIO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
LEY 11-92
TÍTULO I:
DE LAS NORMAS GENERALES, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES TRIBUTARIAS.
CAPÍTULO I:
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.-
El presente Título I establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos. Los Títulos II III y IV corresponden al Impuesto sobre la Renta, al Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios y al Impuesto Selectivo de Consumo, respectivamente. Cada Título subsiguiente corresponderá, a cada uno de los impuestos que serán incorporados a este Código en la medida que avance el proceso de la Reforma Tributaria.
Art. 2.- FORMAS JURÍDICAS.
Las formas jurídicas adoptadas por los contribuyentes no obligan a la Administración Tributaria, la cual podrá atribuir a las situaciones y actos ocurridos una significación acorde con los hechos, cuando de la ley tributaria surja que el hecho generador fue definido atendiendo a la realidad. En cambio, cuando el hecho generador es definido atendiendo a la forma jurídica, deberá atenerse a esta.
Párrafo.-
Cuando las formas jurídicas sean manifiestamente inapropiadas a la realidad de los hechos gravados y ello se traduzca en una disminución de la cuantía de las obligaciones, la ley tributaria se aplicará prescindiendo de tales formas.
Art. 3.- VIGENCIA DE LA LEY TRIBUTARIA EN EL TIEMPO. DERECHO SUPLETORIO.
La ley tributaria que deroga una anterior se aplicará a los hechos generadores que no se han perfeccionado a su fecha de entrada en vigencia, ya que los mismos requieren el transcurso de un período de tiempo en el cual se produzca su finalización.
Párrafo I.-
Las leyes tributarias que establecen normas administrativas y procesales se aplicarán a todas las situaciones que a ellas corresponda, existentes a la fecha de su entrada en vigor.
Los plazos o términos de cualquier naturaleza que hubieren empezado a correr y las actuaciones y diligencias que ya estuvieren iniciadas, se regirán por la ley vigente al tiempo de su iniciación.
Párrafo II.-
Las leyes que se limiten a declarar o interpretar el sentido de leyes tributarias, se entenderán incorporadas a estas para los efectos de su vigencia y aplicación, pero no afectarán en modo alguno los efectos de las resoluciones o Sentencias que hayan adquirido el carácter de firmes e irrevocables.
Párrafo III.-
Cuando no existan disposiciones expresas en este Código para la solución de un caso, regirán supletoriamente en el orden en que se indican, las leyes tributarias análogas, los principios generales y normas del Derecho Tributario, del derecho Público y del Derecho Privado que más se avengan a la naturaleza y fines del Derecho Tributario; con excepción
de las sanciones represivas, las cuales serán únicamente las previstas expresamente en la presente ley.
CAPÍTULO II:
SUJETOS PASIVOS DELA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA.
Art. 4.- DEFINICIÓN Y CONCEPTO.
Sujeto pasivo de la obligación tributaria es quien en virtud de la ley debe cumplirla en calidad de contribuyente o de responsable.
Párrafo I.-
La condición de sujeto pasivo puede recaer en general en todas las personas naturales y jurídicas o entes a los cuales el derecho tributario le atribuya la calidad de sujeto de derechos y obligaciones.
Párrafo II.-
La capacidad tributaria de las personas naturales es independiente de su capacidad civil y de las limitaciones de ésta.
Art. 5.- CONTRIBUYENTE. CONCEPTO
Contribuyente es aquel, respecto del cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria.
Párrafo.-
Las obligaciones y derechos del contribuyente fallecido serán cumplidas o ejercidos, en su caso, por los herederos sucesores y legatarios, sin perjuicio del derecho
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