Comandita Simple
Enviado por sam516 • 2 de Octubre de 2012 • 396 Palabras (2 Páginas) • 524 Visitas
las otras, en lugar de este, su trabajo, como parte del capital que le corresponde a cada uno de los socios
comanditarios.
En el sentido común es cuando una persona trabaja y la otra capitalista, pone el dinero y se reparten las
ganancias.
ESTRUCTURA ADMISTRATIVA
CLASES DE SOCIOS
Comanditados o gestores: También denominados colectivos. Responden subsidiaria, pero ilimitada y
solidariamente con su patrimonio particular de los compromisos sociales. En esto, las sociedades en
comanditas simples se asemejan a las colectivas.
·
Comanditarios: Tienen responsabilidad limitada. Responden únicamente con la cantidad que aportan o
monto del capital que cada socio suscribe.
·
RAZON SOCIAL
La razón social de la compañía debe formarse con el nombre de uno o más socios comanditarios, indicando en
un aditamento ( ¨y Compañía ¨) que hay otros socios que se mencionan expresamente, y con otro, la clase o
tipo de sociedad ( ¨ sociedad en comandita ¨), o su abreviatura ( ¨S. en C. ¨).
Ejemplo:
En una sociedad de esta clase tenemos a los señores Bolaños, Chávez, Ruiz y Alfaro que son socios
comanditados (responsabilidad ilimitada) Y a González, Hernández, Sánchez y Gómez, que son socios
comanditarios (responsabilidad limitada). La razón social se forma con el nombre de uno o más de los socios
gestores o colectivos de mayor significación y que más convienen a los intereses de la empresa. Por ejemplo
Bolaños y Chávez, se agrega ¨y compañía, o su abreviatura ¨y Cía ¨ que representa los nombres de los socios
comanditados o gestores y comanditarios que no se mencionaron. Además, se completa la razón social con la
indicación de la clase de sociedad (en comandita simple), pudiéndose emplear la correspondiente abreviatura
(¨S. en C. ¨), quedando de la siguiente manera:
Bolaños, Chávez y Cía, S. en C.
SOCIOS ADMINSTRADORES
Los únicos que tienen a su cargo la administración de la sociedad son los socios de responsabilidad ilimitada
(comanditados o gestores). Entre estos se designa el gerente, gerentes o subgerente. Esta designación de
administradores o gerentes será necesariamente, hecha a proposición de los socios gestores o colectivos y por
voto mayoritario de los socios comanditarios, en proporción al capital aportado. La administración y
representación estará a cargo de los socios colectivos o de terceros que se designen.
INTERVENCION DE LOS COMANDITARIOS
No pueden intervenir en la administración de la sociedad, ni incluir su nombre en la razón social de la
compañía pero si pueden asistir en las juntas de socios con carácter consultivo, examinar, inspeccionar la
contabilidad y los actos administrativos,
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