Comisiones Mixtas De Seguridad E Higiene
Enviado por wendy00 • 13 de Abril de 2015 • 909 Palabras (4 Páginas) • 361 Visitas
Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene
Comisión:
Una comisión o comité de seguridad es un medio eficaz para interesar y educar a grandes cantidades de personas en una determinada actividad.
Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene:
Es la encargada de determinar las labores que se consideran como insalubres y peligrosas, determinando las condiciones de trabajo, elementos de protección, higiene y prevención, y en general de los riesgos profesionales o de trabajo que se requieran, establecer los lineamientos generales para que se proporcionen los servicios y elementos de higiene y prevención de accidentes de trabajo y /o enfermedades profesionales en cada uno de los centros de trabajo.
La Comisión Mixta de Seguridad por ley debe haber por lo menos una en cada empresa:
Artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo dice: “En Cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual números de representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan”.
Al iniciar una comisión, debe prepararse una declaración escrita indicando:
a) Misión o responsabilidad del comité.
b) Autoridad.
c) Presupuesto.
d) Procedimientos, es decir: frecuencia de las reuniones, orden del día, exigencia en cuanto a asistencia, minutas o actas, etcétera.
Objetivo:
Tiene como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas a que se les proporciones sus derechos y obligaciones.
Las comisiones se forman:
Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene deberán integrarse con igual número de representantes obreros y patronales, en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan. El número total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, en la siguiente forma:
a). Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los patrones.
b). De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los trabajadores y dos de los patrones.
c). Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes de los trabajadores y cinco de los patrones.
d). Se podrán nombrar más representantes si así se considera necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un suplente.
Importancia de las comisiones:
Las comisiones de seguridad e higiene es el organismo por el cual el patrón conoce las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:
• El cumplir con las normas establecidas en las leyes de seguridad e higiene para evitar sanciones o accidentes.
• Mantenimiento del equipo y maquinaria de trabajo:
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