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Como se dan las Sociedades mercantiles


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2017  •  Apuntes  •  2.081 Palabras (9 Páginas)  •  208 Visitas

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20 de abril entrega de primer avance:

4 de mayo

18 tercer avance

25 de mayo entregar final:

30 de mayo 2do parcial

Arial 12 1.5 interlineado, sangría en primera línea, margen predeterminado.  

5 fuentes información

5 cuartillas mínimo.  Introducción, desarrollo, conclusiones.  3 ideas y aspectos estructurales.

Sociedades en comandita por acciones:

Aquella sociedad que se va a constituir por dos o más socios comanditados, que se van a obligar de manera subsidiaria, solidarias ilimitadamente con las obligaciones de la sociedad; y por dos o más socios comanditarios.  Que exclusivamente se van a obligar al pago de sus acciones.

Comanditados, se vana obligar en razón de sus aportaciones

Comanditarios: pago de sus acciones.

La razón social se va a constituir por el nombre de uno o varios socios, seguido de las palabras sociedad en comandita por acciones y en caso de que no se quiera emplear estas palabras, la razón social seguida de la palabra “y compañía” y las abreviaturas S. en C. por Acciones.

  1. En caso de que los socios no incorporen las abreviaturas, todos los socios serán responsables sin importar su condición de comanditados o comanditarios.

  1. Acta constitutiva no podrá modificarse si no lo autoriza la mayoría de la asamblea general.
  1. El capital social no podrá ser menor a 50 millones de pesos, no hay límite de socios.
  1. Sesión de los derechos, se da de la misma forma que las sociedades anónimas y las comunes, primero aceptado por  asamblea, derecho de tanto.
  1. Presidente, secretario, tesorero, vocal, consejo de vigilancia, administrador, representación de la sociedad para pleitos y cobranzas, firma.
  2. Formas de exclusión, separación y admisión.
  3. Más de 10 años

Sociedades Cooperativas

Aquellas sociedades que se constituyen por personas físicas, con un objeto común a través de los principios de solidaridad, esfuerzo personal, y ayuda mutua, para la satisfacción de intereses particulares y colectivos por medio de la realización de actividades económicas de producción distribución y consumo de bienes y servicios.

Número de socios mínimo, era de 10, con las reformas como mínimo 5.  Cada socio tiene el derecho a un voto sin importar las aportaciones realizadas.

Requisitos:

  1. Libertad de asociación y el retiro voluntario de los socios.
  2. La administración es democrática.
  3. El reparto de sus utilidades es de acuerdo al número de socios.
  4. Existe el fomento a la educación cooperativa y a la educación económica solidaria.
  5. Libertad o el derecho a pertenecer a cualquier grupo político o bien de asociación religiosa.
  6. Fomento a la educación ecológica.

Es de capital variable, entre mayor.

Tipos de Sociedades:

Sociedades Cooperativas de participación limitada:

 Aquella en donde los miembros de la sociedad se obligan únicamente al pago de sus certificados de participación que hubiesen suscrito, este certificado tiene carácter de título de crédito.

Sociedades Cooperativas de Participación Suplementada

Aquellas en las que los miembros de la sociedad se obligan a responder de todas las operaciones sociales de la sociedad hasta por la cantidad que se haya estipulado en el contrato social sin importar su participación.

Sociedades Cooperativas de Producción de Bienes y Servicios

Son aquellas en donde los miembros persiguen un fin común sujetos a un trabajo personal físico o intelectual, de tal forma que puedan producir y distribuir bienes y servicios, además de la a adquisición o venta de viviendas.

Sociedades Cooperativas de Consumidores de Bienes y Servicios

Los miembros persiguen un interés común para la adquisición de artículos, servicios para uso personal, el hogar, o bien para aplicarlos a sus actividades de producción. De igual forma podrán constituir casa de empeño, prestamos o ahorro; y la prestación de un servicio de educación.

Sociedades Cooperativas de Participación Estatal

Los miembros de la sociedad se asocian con las autoridades Federales , Estatales o Municipales, para la explotación de centros de producción, de un servicio o para la adquisición de bienes que originalmente le corresponden a la autoridad y que este a su vez otorga la concesión.

Sociedades Cooperativas de viviendas

Aquellas en que los miembros realizan actividades de producción y distribución de bienes para la construcción de viviendas

Acciones

Título de Crédito

Incorpora derechos

Suscripción

Fecha de suscripción

Fecha de Pago

Beneficiario

Valor real

Firma del Administrador.

Se pueden suscribir en masa  o serie.

Disolución de las Sociedades

Las sociedades pueden darse por terminadas por dos formas, la disolución parcial y la total.

La disolución total, es aquella en donde, por convenir a los intereses de los socios o por causas ajenas se disuelve en forma definitiva la sociedad. Doctrinalmente se le considera como un fenómeno previo a la extinción de la sociedad y detonas sus operaciones sociales mediante la liquidación.

La disolución parcial, es aquella que se presenta cuando un socio se separa, se excluye o por muerte; dando lugar a la disolución por reducción de socios; en virtud de que el vinculo jurídico que unía al socio con la sociedad se ha extinguido. Existiendo la posibilidad de incorporar a nuevos socios.

Causas:

  1. Expiación del plazo para la existencia de la sociedad, todo sociedad tiene un tiempo de expiración y que no puede prorrogarse si los socios 6 meses antes de la expiración se la sociedad no notifican a los socios, a la Secretaría de Economía el deseo de prorrogar el tiempo de duración
  2. Cumplimiento del objeto: realización de los actos comerciales para la cual fueron creadas, ante tal situación, una vez que se cumpla el fin, si no es voluntad de los socios se disuelve la sociedad.
  3. Imposibilidad de realizar el objeto: falta de capital , por resultar mayores los pasivos que los activos. Por perdida del patrimonio.
  4. Reducción de los socios a uno.

Fusión, Transformación y Escisión

  1. Fusión: se da en razón a la necesidad económica de concentrar el patrimonio de las sociedades, de tal forma que constituyan una sociedad de mayor fuerza económica, existiendo dos formas de fusión, por incorporación y la pura.
  1. Incorporación: varias sociedades dan por terminada la sociedad y se incorporan a otra ya existente, asumiendo la misma denominación u objeto.
  2. Pura; todas las sociedades se disuelven y conforman una sola, la que decidan los socios modificación del contrato social.
  1. Transformación: consiste en que los socios en el transcurso de la vida social de la sociedad se percata que la naturaleza de la sociedad no es la adecuada, por lo tanto revocan la razón social original y cambian de naturaleza de la sociedad.
  2. La fusión surte efectos 3 meses depués y se publiga en la gaceta de gobienor y en el periódico de mayor circulación de la entidad.

Escisión.

La escisión, es una figura jurídica decide scinguortse y a su vez pasar su patrimonio en forma parcial o bien en bloques, según lo decida en la asamblea , a favor de otra empresa o sociedad denomina escindida; quien a su vez deberá de ahcaar las conclusiones tomadas por las empresas escindentes.

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