Compilación Normativa
Enviado por digycel • 1 de Julio de 2013 • 1.160 Palabras (5 Páginas) • 369 Visitas
ENSAYO DE COMPILACION NORMATIVA
Presentado por
Patrullero xxxxxxxxxxxxx
COMPAÑÍA xxxxxxxxx
ENSAYO
Presentado a:
TUTOR
COMPILACION NORMATIVA
Realizando lectura profunda de la norma que nos rige y consultando conceptos de las sentencias que hasta la fecha se han fallado en cuanto a nuestro régimen prestacional y pensional especial, es importante resaltar que el Tribunal acepta en su jurisprudencia que la existencia del sistema prestacional especial responde a la necesidad de garantizar los derechos ganados de alguna población que por sus características especiales merecen un trato justificadamente diferente al que reciben los demás beneficiarios de la seguridad social, derecho constitucional irrenunciable de todos los que trabajamos con el estado en el sector publico, la misma línea jurisprudencial de la Corte hace mención que, aunque el trato diferencial no infringe por sí mismo el principio de igualdad constitucional de los miembros del régimen especial frente a los beneficiarios del régimen general, este se debe constituir al goce de una reglamentación propia para los miembros de la Fuerza Publica por el nivel de riesgo que implica nuestro ejercicio de funciones, lo que justifica la corte constitucional para que nos acobije este régimen, excluyéndonos del sistema integral de seguridad social contemplado en la ley 100 de 1993.
Lo que representa gratitud para nuestra labor que día a día se hace más dispendiosa y compleja en el territorio nacional, emanando normas que nos dan ventajas como es la de sumarnos el tiempo de servicio militar y/o el tiempo laborado en otras fuerzas para efectos de cesantías, pensión de jubilación, de vejez y prima de antigüedad, que a la postre con nuestro tiempo nos dará una ayuda para nuestro derecho a la pensión en menor tiempo. Igualmente se sumaran aquellos que sean reconocidos mediante un acto administrativo gubernamental los tiempos dobles, que se acogían aquellos que por el estado encontrarse en estado de sitio, les reconocían este tiempo, también serán acobijados por esta medida sumatoria.
Para la pensión de sobreviviente en el nivel ejecutivo de la policía nacional cuando la calificación esta determinada en actos especiales del servicio, existen en la actualidad dos decretos que hacen mención a este derecho el decreto 1091 de 1995 en su articulo 70 literal c que seguido del texto dice “ A que por el Tesoro Público se les pague una pensión mensual equivalente al ciento por ciento (100%) de las partidas señaladas en el artículo 49 de este Decreto, cualquiera que sea el tiempo de servicio.
Y el decreto 4433 de 2004 que en sus numerales 27.1,27.2 y 27.3 a la letra dice “El cincuenta por ciento (50%) de las partidas computables para la asignación de retiro, en el grado conferido póstumamente, cuando el causante tuviere quince (15) años o menos de servicio”.
“El cincuenta por ciento (50%) se incrementará en un cuatro por ciento (4%) adicional, por cada año que exceda los quince (15), sin sobrepasar el ochenta y cinco por ciento (85%) por los primeros veinticuatro (24) años”
“A su vez, el ochenta y cinco por ciento (85%) de que trata el numeral anterior se incrementará en un dos por ciento (2%) por cada año adicional, sin que en ningún caso el total pueda exceder el noventa y cinco por ciento (95%) de las partidas computables”
Evidenciándose a simple vista una vulneración
...