Compromiso De Fusion
Enviado por lugamaca • 7 de Mayo de 2015 • 505 Palabras (3 Páginas) • 179 Visitas
Fusión e incorporación
La fusión es una reforma estatutaria mediante la cual una o más entidades se disuelven sin liquidarse para ser absorbidas por otra o para crear una nueva. La absorbente o la nueva entidad, adquiere todos los derechos y obligaciones de las entidades participantes una vez formalizada la fusión.
Incorporación
La incorporación consiste en que una o más entidades se disuelven sin liquidarse, siendo incorporadas a otra, que continúa existiendo. A la incorporante se transfiere el patrimonio de las entidades incorporadas.
¿Qué debe contener el compromiso de fusión o incorporación?
El compromiso de fusión o incorporación es un acuerdo celebrado entre las entidades fusionantes, en donde establecen los parámetros que van a regir la fusión o la incorporación.
Tal acuerdo debe contener:
Los motivos de la fusión o incorporación y las condiciones en que se debe realizarse;
Copias de los balances generales de las entidades participantes y los datos y cifras tomados de los libros de contabilidad;
La discriminación y valoración de los activos y pasivos de las entidades participantes;
Anexo explicativo de los métodos de evaluación utilizados y el intercambio de partes de interés; La fusión o incorporación de dos o más entidades sin ánimo de lucro, requiere la aprobación de las asambleas generales de las
Entidades que se fusionan o incorporan;
Las entidades que están sometidas a la vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria, deberán obtener su autorización para realizar la fusión o incorporación de las mismas.
Solamente podrán fusionarse o incorporarse dos o más entidades sin ánimo de lucro con objeto común o complementario.
La entidad absorbida o la incorporada, según el caso, se disuelve sin necesidad de liquidarse.
La entidad absorbente o la incorporante, según el caso, adquiere los bienes y derechos de las entidades absorbidas o incorporadas y se hace cargo de pagar el pasivo interno y externo de las mismas.
Los establecimientos de comercio que posee la entidad absorbida o incorporada, deben pasar a ser de propiedad de la absorbente o incorporante y por ello, se debe inscribir en el registro mercantil el cambio de propietario.
¿Dónde debe registrarse la fusión o la incorporación?
La solicitud de registro debe formularse en la cámara de comercio con jurisdicción en el lugar donde la entidad o entidades involucradas en el acto tengan su domicilio principal y donde tengan sucursales abiertas.
¿Cómo efectuar el registro?
Presente copia auténtica o autorizada de las actas de cada una de las personas jurídicas participantes, donde se aprobó
...