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Concepto de justicia en el Derecho romano


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2012  •  Trabajo  •  1.385 Palabras (6 Páginas)  •  1.498 Visitas

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JUSTICIA

1.- Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.

Teorización sobre la justicia

2.- La Justicia no es el dar o repartir cosas a la humanidad, sino el saber decidir a quién le pertenece esa cosa por derecho. La Justicia es ética, equidad y honestidad. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que le corresponde. Es aquel referente de rectitud que gobierna la conducta y nos constriñe a respetar los derechos de los demás.

3.- La Justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la Justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.

Hans Kelsen

4.- En definitiva, la verdadera Justicia es el arte de dar a cada uno lo suyo, o bien, hacer a un individuo dar lo suyo a otro, ello con base en los principios de la ciencia del Derecho, lo cual debe hacerse sin discriminar ni mostrar preferencia alguna por nadie, toda vez que las personas deben ser tratadas por igual para, poder estar en condiciones de aplicar la Justicia a plenitud.

Concepto de justicia en el Derecho romano

5.- El término justicia viene de Iustitia, y el jurista Ulpiano la definió así:

"La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar (conceder) a cada uno su derecho".

Los derechos son: "vive honestamente, no hagas daño a nadie y da a cada uno lo suyo".

La palabra justicia designó, originalmente, la conformidad de un acto con el derecho positivo, no con un ideal supremo y abstracto de lo justo.

Ulpiano definió la justicia, según el texto transcrito. Resulta, así que la justicia es una voluntad que implica el reconocimiento de lo que se estima justo y bueno.

6.-La Justicia se encuentra plasmada en el Derecho, pues éste es quien, con sus normas, busca como fin dar Justicia a todos los miembros de una sociedad, pues el medio para alcanzar la Justicia es evidentemente el propio Derecho.

La justicia distributiva y la justicia conmutativa

En cuanto a la justicia particular y a lo que es justo en el sentido de la misma, una de sus especies es la que consiste en la distribución de honores o dinero, o aquellas cosas que figuran en lo que se divide entre los que tienen participación en la comunidad civil, porque en esas cosas puede haber un hombre que tenga participación ya sea igual, ya sea desigual, respecto de la de otro.

Otra especie de esta justicia es la que regula las conmutaciones. Esta última posee dos partes, puesto que entre las conmutaciones algunas son voluntarias y otras involuntarias.

Entre las primeras se encuentran: la venta, la compra, la permuta, la fianza, el uso, el depósito, el arrendamiento. Se llaman voluntarias porque el principio de estas conmutaciones es voluntario.

Entre las conmutaciones involuntarias hay algunas que se realizan ocultamente, tales como el hurto, el adulterio, el envenenamiento, la paragogia, la corrupción de esclavos, el asesinato por sorpresa, el falso testimonio. Otras se realizan por la violencia, como la sevicia personal, el secuestro, el homicidio, la rapiña, la mutilación, el abuso, la injuria.

Puesto que el hombre injusto es desigual o inicuo, y que lo injusto es también desigual, es manifiesto que hay un medio para lo injusto, y que este medio es lo igual, por que en toda acción en que puede darse lo más y lo menos hay también lo que es igual. Luego, si lo injusto es lo desigual, lo justo es lo igual, y esto lo ve cualquiera, aun aparte del argumento. Y si lo igual es un medio, lo justo debe ser igualmente un medio.

Pero lo igual supone, por lo menos, dos cosas. Es necesario que lo justo sea un medio y una igualdad, con relación a cierta cosa y a ciertas personas. En tanto que medio, es el medio entre ciertos términos que son lo más y lo menos; en tanto que igualdad es la igualdad de dos cosas; en fin, en tanto que justo, se refiere a ciertas personas, ya que dice relación a otros. Por lo tanto, es necesario que lo justo encierre por lo

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