Conceptos Fundamentales Derecho Romano
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UNIVERSIDAD LA SALLE SALTILLO
“Conceptos Fundamentales del Derecho Romano y las Personas Jurídicas.”
José Rodrigo Rosales Salinas
Profesora: Lic. Elizabeth Hernández Villicaña
28/09/2011
El Trabajo trata sobre los conceptos mas importantes como: los preceptas iuris ,justitia, jurisprudencia, aequitas, el ius publicum y el privatum, ius naturale, el ius civile, el ius honorario….. También habla sobre la persona como sujeto jurídico también sobre los esclavos..
INDICE
Introduccion………………………………………………………………………..2
Las preceptas iuris………………………………………………..……………..3
Iustitia……………………………………………………………………..…………..3
Jurisprudencia……………………………………………………………….….…4
Aequitas…………………………………………………………………………..….4
Ius publicum y el Ius Privatum………………………………………..…….4
El Ius Naturale………………………………………………………………………5
El Ius Civile y el Ius Honorarium……………………………….………….5
El Ius Escriptum , y el Ius no Escriptum……………………..………....6
Concepto persona………………………………………………………………..6
División persona…………………………………………………………………..6
Teoría de los tres status……………………………………………………...6
Situación Jurídica……………………………………………………………..…..7
Evolucion de la persona moral (jurídica)……………………………….9
Colonato………………………………………………………………………………10
Constitución Antoniana……………………………………………………..…10
Bibliografía……………………………………………………………………………11
INTRODUCCIÓN
El trabajo trata sobre los conceptos fundamentales en el Derecho Romano. Estos son: Las preceptas iuris, Iustitia, jurisprudencia, Aequitas, Ius publicum y el Ius Privatum, el Ius Naturale, el Ius Civile, el Ius Honorarium. El Ius Escriptum , y el Ius no Escriptum.
Las preceptas Iuris fueron preceptos que escribió Ulpiano que decía que todo ser humano debía seguir, eran 3: Vivir honestamente, No dañar a otro, Dar a cada quien lo suyo.
Iustitia que significa Justicia, veremos su correlación con la palabra Derecho.
Jurisprudencia que eran las opiniones expresadas por los jurisconsultos acerca de dudas que tenían las personas en materia jurídica.
Ius privatum y Ius Publicum que son el Derecho privado y el Público.
Ius naturale, es aquel derecho natural, pero no el derecho natural enunciado por Gayo el que decía que era solamente para animales, si no el enunciado por Ciceron, donde la persona tiene un conjunto principios propios, suyos solamente por ser un humano capaz de razonar.
Ius Civile es el derecho exclusivo para los ciudadanos Romanos.
Ius Gentium, era aquel donde un pretor peregrino regulaba los actos de los extranjeros.
Ius Honorarium, fue aquel publicado por los magistrados por medios de los Edictos.
Ius escriptum es aquel que esta promulgado por una autoridad y esta constituida.
Ius no escriptum es aquel que no ha sido promulgado, es aquel por medio del uso se forma poco a poco y se encuentra aceptado después por todos.
También hablaremos sobres las personas físicas y morales en la época romana. Hablaremos de las etapas para tener personalidad jurídica, también se hablara sobre los colonos y la constitución Antoniana.
Definición de derecho (ius) por Celso
Para poder entender la definición de derecho por Celso primero veremos su origen y raíz etimológica.
El derecho viene del latín directum. Directum es un derivado de rectum que significa regir, también significa dirigir en línea recta; ius, deriva del verbo iubeo-es-ere, iussi, issum, que significa mandar, y ordenar.
Ius es empleado por los romanos para designar tanto el derecho objetivo
(ius civile, ius gentium) como subjetivo ius utendi, ius fruendi.
En su sentido objetivo es definido por Celso como ars boni et aequi -el derecho es el arte de lo bueno y equitativo.
Preceptas Iuris
En forma general expresan deberes que el derecho objetivo impone siempre a los seres humanos. Estos preceptos jurídicos, (Praecepta iuris) Ulpiano, los postulo y los redujo a 3:
1) Vivir honestamente (honeste vivere)
2) No dañar a otro (alterum non laedere)
3) Dar a cada quien lo suyo (sumum cuique tribuere)
Iustitia (Justicia)
Del termino ius podemos derivar el de iustitia, a la que Ulpiano define como: “ la voluntad firme y constante de dar a cada quien lo suyo” (iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi.
Justicia y derecho son conceptos correlativos, íntimamente relacionados entre si. El derecho (ius) tiende a la realización de la justicia, y el objeto de la justicia (iustitia) es el propio derecho.
Jurisprudencia
Ulpiano la define como: “el conocimiento de las cosas divinas y humanas y ciencia de lo justo y de lo injusto” (iurisprudentia est divanarum atque humanarum rerum notitia, iusti atque iniustu scientia), conocimiento que tenían y actividad que realizaban los especialistas en derecho (jurisconsultos) cuyas respuestas a cuestiones practicas integraron a esa fuente formal del derecho que es la jurisprudencia.
Aequitas (equidad)
Término expresivo de la adecuación del derecho positivo a los hábitos, costumbres, sentimientos e instintos morales e intelectuales arraigados en la conciencia. La equidad es el equilibrio debido entre el derecho y la vida de relación siempre en continuo cambio. En roma esa función se les encargaba a los pretores y emperadores bajo la mirada de los jurisconsultos.
Ius publicum y ius privatum (derecho público y romano)
Ius publicum trata del gobierno de los romanos, mientras que el ius privatum se rifiere a la utilidad de los particulares.
El derecho público se refiere a la organización y funciones del Estado, a sus relaciones con los particulares y a las que pueda mantener con otros Estados.
El derecho privado se refiere
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