Concepto general derecho colectivo del trabajo
Enviado por praso • 29 de Septiembre de 2013 • Trabajo • 1.164 Palabras (5 Páginas) • 548 Visitas
CONCEPTO GENERAL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
El derecho colectivo del trabajo es una parte del derecho laboral que comprende las relaciones que se establecen entre una asociación de trabajadores y un empleador o asociación de empleadores.
Se refiere a las regulaciones de las relaciones entre grupos de sujetos en su consideración colectiva, del derecho del trabajo (sindicatos, grupos de empleadores, negociación colectiva, Estado, o con fines de tutela).
CARACTERÍSTICAS DE LAS RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO:
SE CONSTITUYEN A PARTIR DE DOS TRABAJADORES O PATRONES
TEMPORALES O PERMANENTES (POR UN PERÍODO O SE PROLONGAN A
TRAVÉS DEL TIEMPO)
AUTÓNOMAS EN DECISIONES (GOZAN DE VOLUNTAD Y LIBERTAD QUIENES SE CONSTITUYEN O INTEGRAN)
SU CAMPO DE ACCIÓN ES DE COLABORACIÓN (EXIGENCIA DE DERECHOS Y DE NEGOCIACIÓN).
Sujetos dentro del Derecho Colectivo del Trabajo: son principalmente:
El Trabajador y El Patrono. Cabe desatacar que la Ley Orgánica del Trabajo (2006), presenta una clasificación de ambos grupos de una forma clara y precisa, la cual permite tanto a los trabajadores como a los patronos, adecuar las habilidades y destrezas de sus empleados u obreros en virtud de la misma.
Asimismo, ofrece la clasificación patronal, señalando las diferencias entre patrono, intermediario, contratista, representantes del patrono y grupos de empresas. En este mismo orden de ideas, vale destacar la importancia de los Organismos Internaciones, llamados a brindar y garantizar a los trabajadores a nivel mundial sus derechos laborales y al mismo tiempo son mediadores y árbitros en materia de conflictos laborales. En conclusión, tanto los patronos como los trabajadores son sumamente importantes en una relación laboral y los órganos naciones que existen para ello, deben, ser garantes de los derechos laborales de cada una de las personas en el ámbito nacional.
Fenómeno de la Socialización de las relaciones jurídicas individuales
El control social:
Refiere a los mecanismos sociales que regulan al individuo y agrupan comportamiento, conduciendo a la conformidad en las reglas de la sociedad. El control social está presente en todas las sociedades, si solamente en control los mecanismos prevenían el establecimiento del caos o del anomie.
FORMAS DE CONTROL SOCIAL
El Control Social informal:
Denomina las costumbres, las tradiciones, las normas y otros valores sociales heredados por el individuo. Es ejercitado por una sociedad sin explícitamente la indicación de estas reglas y expresado a través de costumbre, de normas, y de mores usando sanciones informales tales como crítica, desaprobación, culpabilidad y sharing. En casos extremos esto puede incluso incluir la discriminación y la exclusión sociales. Este control social implicado tiene generalmente más control sobre mentes individuales porque llegan a ser inculcadas en su personalidad. La sociedad tradicional utiliza sobre todo el control social informal encajado en su cultura acostumbrada que confía en la socialización de sus miembros para establecer orden social. Más sociedades rígido-estructuradas pueden poner confianza creciente en mecanismos formales.
El Control Social Formal:
Se expresa con ley como los estatutos, las reglas, y regulaciones contra comportamiento irregular. Es conducido por el gobierno y organizaciones usando mecanismos de aplicación de ley y otras sanciones formales tales como multas y encarcelamiento. En sociedades democráticas las metas y los mecanismos del control social formal son determinados con la legislación por los representantes elegidos y gozan así de una medida de ayuda de la población y de la conformidad voluntaria.
Según la teoría del modelo de la propaganda, los líderes de sociedades dominadas corporativas modernas emplean el adoctrinamiento como los medios del control social. Varias figuras
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