Condicion De Acto De Comercio
Enviado por toytoytoy • 15 de Marzo de 2015 • 581 Palabras (3 Páginas) • 194 Visitas
Condición de Acto de Comercio
Acto de Comercio – todo lo que un comerciante realiza con fin de lucro
Actos Mercantiles
- Absolutos - Sujeto / Motivo / Objeto
- Actos Accesorios o Conexos
- Relativos
- Mixtos
Actos Principales de Comercio
Atendiendo Al Sujeto- Comerciante
Atendiendo al fin o motivo – comercial
Atendiendo al objeto – objeto de comercio
Actos de Comercio Absoluto – Se denominan de esta manera en virtud de ser siempre mercantiles y se subdividen en atención al sujeto que los realiza; al objeto en torno al cual se realizan y la forma que para determinados actos exige la ley.
Directo – cuando hay creación, transmisión, modificación o reconocimientos o extinción de derechos y obligaciones dentro de las actividades comerciales o en el ámbito mercantiles. (Artículo 75 código de comercio)
Requisitos del Objeto
Para que se pueda realizar un acto comercio debe de cumplir determinados requisitos. Debe ser posible física y jurídicamente. Debe ser lícito, permitido por la ley.
Actos Relativamente Mercantiles
Son actos mercantiles si el fin que persigue el sujeto es el de especular o de participar en el mercado.
Para la existencia de un contrato se requiere:
1) El consentimiento de voluntades
2) Objeto (cosas o servicios) que puedan ser materia de contrato (poner objeto extenso)
3) *El fin social, también llamado objeto social por la LGSM* (a criterio del autor)
Consentimiento
El consentimiento es el acuerdo de voluntades que tiene como propósito la creación, transmisión, modificación, y extinción de derechos y obligaciones.
Capacidad Jurídica
Aptitud del sujeto para poder adquirir y gozar derechos como aptitud para ejercitar esos derechos. Capacidad de goce y ejercicio.
Error: Una creencia contraria a la realidad.
Dolo Y Mala Fe: Dolo en los contratos, cualquier sugestión o artificio que se emplee para inducir a error o mantener en el a unos de los contratantes y por mala fe la disimulación del error de uno de los contratantes, una vez conocido.
Violencia: hace nulo el contrato por violencia.
Estos vicios del consentimiento dan lugar a la nulidad relativa del contrato.
Bienes no traslativos de dominio significa que lo que en realidad se aporta es el uso de goce de la cosa, esto es, derechos reales de uso o usufructo.
Si el socio aporta el usufructo constituido a su favor sobre un inmueble se entenderá que salvo pacto contrario, tal aportación es traslativa de dominio.
Bienes inmuebles siempre van a ser traslativos de dominio. Se quedan a favor de la sociedad.
La formalidad que necesita una sociedad para tener validez: estar firmado ante
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