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Conseptos Juridicos Derecho Administrativo


Enviado por   •  1 de Febrero de 2014  •  641 Palabras (3 Páginas)  •  279 Visitas

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TERMINOS JURIDICOS:

DERECHO ADMINISTRATIVO:

es aquella rama del Derecho público que regula la actividad del Estado, pero aquella que se realiza en función administrativa, en especial, aquellas relativas al poder ejecutivo.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD:

Se conoce como principio de legalidad a la prevalencia de la ley sobre cualquier actividad o función del poder público. Esto quiere decir que todo aquello que emane del Estado debe estar regido por la ley, y nunca por la voluntad de los individuos.

DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO:

El Derecho procesal administrativo es una rama del Derecho Administrativo que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales en la materia de Derecho administrativo, entendiendo por tales las que enfrentan a particulares con la administración del estado, o a diferentes administraciones entre sí.

DERECHO PUBLICO:

Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.

ADMINISTRACION PÚBLICA:

Es un sintagma de límites imprecisos que comprende el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado1 y de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean de ámbito regional o local.

Por su función, la Administración Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político, satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata.

ADMINISTRACION PÚBLICA DESCONCENTRADA:

La desconcentración es una técnica administrativa que consiste en el traspaso de la titularidad o el ejercicio de una competencia que las normas le atribuyan como propia a un órgano administrativo en otro órgano de la misma administración pública jerárquicamente dependiente.

ADMINISTRACION PÚBLICA CENTRALIZADA:

Aparato a través del cual se manifiesta de manera prioritaria y cotidiana, el estado en la vida social.

ADMINISTRACION PÚBLICA DESCENTRALIZADA:

Gabino Fraga define la descentralización en los términos siguientes: "Al lado del régimen de centralización existe otra forma de organización administrativa: la descentralización, la cual consiste en confiar la realización de algunas actividades administrativas a órganos que guardan con la administración central una relación que no es la de jerarquía"

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