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Consignación Y Pignoración


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  2.586 Palabras (11 Páginas)  •  909 Visitas

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Introducción

Una consignación es el traspaso de la posesión de mercancías de su dueño, llamado consignador, a otra persona, denominada consignatario, que se convierte en un agente de aquél a los fines de vender las mercancías. La consignación es una entrega en depósito, y las relaciones que se establecen entre el consignador y el consignatario corresponden a las que en derecho mercantil se estudian como depósito y agencia.

Pignoración Es la entrega de valores en prenda para garantizar, por regla general un crédito. Acción de dar valores en garantía de una deuda u obligación. El activo colateral es similar al concepto activo pignorado, ya que representa un activo que un prestatario entrega a su acreedor con objeto de garantizar la obligación.

Contablemente es posible registrar las mercancías en consignación a precio alzado, ya que esto trae muchas ventajas para que se realice las ventas e incrementar mayor ingreso y utilidad. Para una empresa el aumento de las ventas, es un gran incremento de sus ingresos. A continuación la presente investigación habla específicamente los que es una Consignación y Pignoración, Diferencia entre Ventas, Consignación y Pignoración, Razones para el uso de Consignaciones y Pignoraciones, Deberes y derechos de los consignatarios y consignador, Registro contable de las operaciones del consignatario, Registro contable de las operaciones del consignador, Presentación en el Balance General de las Mercancías en Consignación (Consignador y Consignatario),Control de Inventario de las Mercancías en Consignación, Registro, presentación de la Mercancía Pignorada.

1-. Definir: Consignación y Pignoración.

Una Consignación es el traspaso de la posesión de mercancías de su dueño, llamado Comitente o consignador, a otra persona, denominada Comisionista o Consignatario, que se convierte en un agente de aquel a los fines de vender mercancías. La consignación es una entrega en depósito, y las relaciones que se establecen entre el consignador y el consignatario corresponden a las que en derecho mercantil se estudian como depósito y agencia.

De acuerdo con nuestro Código de Comercio, se definen en forma separada el contrato de comisión y estimatorio o de consignación.

La pignoración, por lo tanto, es la operación financiera que consiste en la concesión de un préstamo a cambio de una prenda. En caso que la persona que reciba el crédito no pague lo acordado, la entidad que entregó el préstamo puede ejecutar la garantía y quedarse con lo que se cedió en prenda.

A través de un marco legal preciso, la pignoración ofrece ventajas para ambas partes. Quien concede el crédito sabe que, si no recibe el pago correspondiente, puede quedarse con lo prendado. El sujeto que recibe el préstamo, por su parte, logra aprovechar el valor de algo que es de su propiedad y accede de manera rápida al crédito en cuestión.

2-. Diferencia entre Ventas, Consignación y Pignoración.

Diferencia Entre Venta Y Consignación.

La distinción fundamental entre una venta y una consignación es ésta: en una venta, el título de propiedad de las mercancías pasa del vendedor al comprador, mientras que en una consignación él título de propiedad de las mercancías no vendidas sigue perteneciendo al consignador o comitente. Hay que tener en cuenta esta distinción por tres razones.

• Puesto que una consignación no es una venta, no se realiza ninguna ganancia en la transacción, y no debe reconocerse ninguna utilidad en los libros hasta que el consignatario haya vendido las mercancías.

• Puesto que el consignador conserva el título de propiedad de las mercancías, cualquiera de éstas que no hayan sido liquidadas tienen que ser incluidas en el inventario del comitente o consignador al cerrarse los libros.

• Si el consignatario se convierte en insolvente, el consignador puede recuperar sus mercancías, en cuyo caso no tendrá que ocupar un puesto entre los demás acreedores para poder recibir una liquidación a prorrata.

3-. Razones para el uso de Consignaciones y Pignoraciones.

• El consignador puede hacer una consignación en lugar de una venta por las razones que se indican a continuación

• Por razones crediticias. Se corre menos riesgo en una consignación que en una venta, debido a que el consignador conserva la propiedad de las mercancías hasta que el consignatario las vende. Una vez que se ha efectuado la venta, el consignatario no se convierte en un deudor general del consignador; como un agente que es de éste, tiene que mantener separado el producto de la venta y remitirlo luego al consignador de acuerdo con el contrato de consignación.

• Para introducir un producto. Cuando la demanda de un artículo es tan pobre o incierta que los detallistas no se muestran decididos a realizar compras, la consignación permite al dueño poner las mercancías a la vista del público.

• La remisión de mercancías en consignación a comisionistas ubicados en distintas localidades es una forma efectiva de realizar investigaciones de mercado en otros territorios.

• Para controlar el precio de venta al consumidor.

• Desde el punto de vista del consignatario, pueden ser las consignaciones preferibles a las compras como queda indicado por las siguientes razones:

• Debido a las fluctuaciones del mercado. Cuando, como en el caso de los productos agrícolas, los precios del mercado están sujetos a fluctuaciones repentinas, frecuentes y considerables, es demasiado arriesgado comprar a los precios cotizados varios días antes de recibirse las mercancías vender a los precios que imperan después de recibirse las mercancías. El método de consignaciones evita este riesgo, ya que el consignatario, actuando como agente del consignador, vende las mercancías al precio prevaleciente en el mercado y recibe su compensación en la toma de una comisión.

• Debido al peligro de inmovilizar una parte del capital en mercancías invendibles. El comerciante puede pensar que la demanda de una mercancía es demasiado incierta para justificar su compra, aunque puede estar dispuesto a recibirla en consignación, pagándola solamente después de haber efectuado la venta.

4-. Deberes y derechos de los consignatarios y consignador.

Derechos del Consignatario.

Los principales derechos del consignatario son:

• El derecho a que se le reembolsen los anticipos y gastos. En algunas ocasiones, especialmente cuando se trata de comisionistas en granos, es costumbre que el consignatario anticipe fondos al consignador antes de que el producto se venda. Y en casi todas las consignaciones, el consignatario paga cuando menos algunos gastos

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