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Constituciones


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  1.541 Palabras (7 Páginas)  •  294 Visitas

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3.1.Constituciones escritas y no escritas

De tales clasificaciones, la más tradicional y difundida es aquella que distingue las Constitucionesescritas de las no escritas.Constituciones escritas son aquellas cuyas disposiciones están contenidas en una o varias leyes y cuyocarácter fundamental deriva, entre otras circunstancias, de haber sido formuladas en un texto específicoque condiciona su validez y vigencia con el carácter de normas fundamentales.En cambio, las Constituciones no escritas son aquellas cuyos contenidos resultan de la costumbre y deactos de poder, sin que su carácter fundamental este condicionado por la formulación escrita. Es posibleque sus disposiciones, en algún momento, sean volcadas en un texto escrito, pero su calidad de normasconstitucionales no dependerá de esa formalidad.La clasificación de las Constituciones en escritas y no escritas reviste mayor importancia histórica quecientífica, pues en la práctica no existe un sistema político relativamente estable que presente en sutotalidad una Constitución no escrita

CONSTITUCIONES CODIFICADAS Y DISPERSAS

Resulta mucho más práctica y realista la distinción entre Constituciones codificadas y dispersas que, hasta cierto punto, es un desarrollo de la clasificación anterior. La Constitución codificada es una especie de Constitución escrita cuyos contenidos están sistematizados y consignados de manera orgánica en un documento jurídico único. Responde a una concepción mecanicista que contribuye a la seguridad jurídica y a la eficiencia del sistema constitucional, bajo la condición de que sus normas sean generales y flexibles. En cambio, las Constituciones dispersas son aquellas cuyos contenidos aparecen expuestos en una pluralidad de documentos jurídicos y costumbres carentes de organicidad, y que responden a una concepción evolutiva del sistema constitucional. El ejemplo más relevante de una Constitución dispersa es la Constitución inglesa que, erróneamente, esa veces calificada como Constitución no escrita. En realidad, la Constitución de Inglaterra es parcialmente no escrita y parcialmente escrita. Ella está compuesta por tres elementos. En primer lugar, por el

commonlaw,

que es el conjunto de costumbres aceptadas para regular las relaciones sociales y que estánreconocidas por la jurisprudencia de los tribunales. En segundo lugar, por el derecho legislado que abarcalas sanciones legislativas que regulan las relaciones entre los órganos gubernamentales, los acuerdossobre principios constitucionales concertados entre la Corona y el Parlamento y las declaraciones dederechos, tales como la Carta Magna de 1215, la Petición de Derechos de 1628, la Declaración deDerechos de 1689 y el Acta de Establecimiento de 1701, a los cuales se añaden los tratados que rigen lasrelaciones entre el Reino Unido y el Commonwealth, como son las Actas de Unión con Escocia e Irlandade 1707 y 1800, el Acta del Estado Libre de Irlanda de 1922 y el Estatuto de Westminster de 1931. Entercer lugar, por las convenciones constitucionales que designan a las reglas acordadas para regir lasprerrogativas de la Corona y el procedimiento parlamentario.Son varias las razones que condujeron a la mayoría de las organizaciones políticas globales a sancionarConstituciones codificadas. Una de ellas, de raíz histórica, fue la necesidad de asegurar la exteriorización jurídica de una nueva idea política dominante en la sociedad, poniéndola a resguardo de sus adversarios.Asimismo, cuando el surgimiento de aquellas organizaciones fue consecuencia de la unión operada entresociedades políticamente independientes, se consideró que la perdurabilidad de ellas requería de undocumento estable y fundamental a cuya luz pudieran ser fácilmente resueltas las controversias que sepresentaran. Es así que en los Estados federales, como ser los Estados Unidos. Suiza, Argentina, Australia y Alemania, el nacimiento de la federación fue documentado en Constituciones codificadas. A estas razones se añade la ventaja que tienen las Constituciones codificadas con respecto a su conocimiento y eficaz Interpretación. Es mucho más sencillo conocer plenamente una Constitución codificada y orgánica y, como consecuencia, distinguir las normas que son fundamentales de aquellas que se limitan a reglamentarias y que, por ende, están subordinadas a las primeras. Todo ello repercute favorablemente para afianzar la seguridad jurídica.

CONSITUCUIONES RIGIDAS Y FLEXIBLES

Constituciones flexibles son aquellas donde no aparece expresada la distinción entre el poder constituyente y los poderes constituidos. Los poderes se confunden en la práctica jurídica. La reforma de las Constituciones flexibles es realizada por el órgano legislativo ordinario, aplicando los mismos procedimientos y formalidades que para la sanción de las leyes ordinarias. Esto no significa que todas las normas tengan carácter constitucional y supremo, sino solamente aquellas que reciban esa calidad del órgano legislador. Este tipo de Constitución, que es el vigente en Inglaterra, determina que en la práctica el término

Constitución designe a aquellos estatutos, documentos jurídicos y costumbres básicos sobre los cuales se sustenta el sistema político de un país, y cuya alteración no requiera la intervención de algún órgano especial o la aplicación de formalidades diferentes a las que rodean el accionar legislativo ordinario

Constituciones rígidas son aquellas

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