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Contarto De Arrendamiento Casa Habitacion


Enviado por   •  27 de Enero de 2014  •  1.504 Palabras (7 Páginas)  •  525 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA CASA HABITACIÓN EN EL D.F.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE la C. EFIGENIA GONZALEZ MOSQUEDA A QUIEN SE LE DENOMINARA EN ADELANTE "EL ARRENDADOR" Y DE OTRA PARTE_JOSE ALBERTO FLORES DELGADILLO_, EN SU CARÁCTER DE "ARRENDATARIO", RESPECTO DEL INMUEBLE QUE SE MENCIONA MAS ADELANTE Y DE ACUERDO LO QUE SE CONTIENE EN LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I.- Declara "El arrendador":

a) Ser propietario del inmueble ubicado en la calle de 18 DE MARZO MZ. 5 LT. 6 INT. Col. LOMA LA PALMA Delegación GUSTAVO A. MADERO en México, Distrito Federal.

b) Que dicho inmueble se encuentra al corriente en el pago de todas sus contribuciones fiscales, y que no reporta a la fecha ningún adeudo por concepto de gastos de administración, lo cual lo acredita con la documentación que exhibe en este momento, y que se agrega como anexo al presente contrato formando parte integrante del mismo.

c) Que es su deseo celebrar el presente contrato de arrendamiento por un plazo que se considera forzoso señalado en las cláusulas del presente contrato.

II.- Declara "El arrendatario"

a) Ser mayor de edad, y encontrarse debidamente capacitado para obligarse en los términos del presente contrato.

b) Conocer el estado físico y jurídico de inmueble, y que se le ha hecho mención de las cantidades que mensualmente debe cubrir por gastos de mantenimiento, habiendo verificado que no se adeuda cantidad alguna por estos concepto de mantenimiento relacionados con el inmueble materia del presente contrato.

EXPUESTO LO ANTERIOR, LOS COMPARECIENTES OTORGAN LO QUE SE CONTIENE EN LAS SIGUIENTES:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- "El Arrendador" da en arrendamiento al "Arrendatario" inmueble ubicado en la calle de 18 DE MARZO MZ. 5 LT. 6 INT. Col. LOMA LA PALMA Delegación GUSTAVO A. MADERO en México, Distrito Federal, recibiéndolo este último en dicho concepto al momento de firma del presente contrato.

SEGUNDA.- "El Arrendatario" pagará por concepto de renta la cantidad de $______________ mensuales, más el quince por ciento por concepto de Impuesto al Valor Agregado, debiendo entregar "El Arrendador", el recibo correspondiente al arrendatario, debiéndose cubrir la renta por meses adelantados, durante los primeros cinco días de cada mes en el domicilio de "El Arrendador" o de su representante legal debidamente acreditado.

Así mismo, y en calidad de depósito, para prever cualquiera de los supuestos mencionados en este contrato, "El arrendatario" entrega en calidad de depósito al arrendador la cantidad de $ ____________ misma cantidad que en caso de no ser utilizada por el arrendador, deberá devolverse a la terminación del presente contrato y de sus prórrogas en su caso.

TERCERA.- El presente contrato de arrendamiento, tendrá una duración de un año forzoso para ambas partes, contado a partir de la fecha de firma del presente contrato.

CUARTA.- El Arrendatario destinará el inmueble materia del presente contrato, únicamente para uso habitacional, quedándole estrictamente prohibido destinarlo para cualquier otro fin, siendo esto una causa especial de rescisión del presente contrato.

QUINTA.- En caso de que El Arrendatario quisiere seguir arrendando el inmueble por un plazo mayor al señalado en la cláusula tercera, deberá notificarlo al arrendador con treinta días de anticipación a la fecha en que termine el presente contrato, para que El Arrendador otorgue su consentimiento con dicha petición, en ambos casos, deberá notificarse el forma fehaciente. "El Arrendador" tendrá el derecho de incrementar la renta en un _____ por ciento en comparación al último pago realizado, condición que deberá respetar "El Arrendatario" en caso de que quisiere seguir rentando el inmueble.

SEXTA.- Queda expresamente prohibido al "Arrendatario" subarrendar, o transmitir bajo cualquier título el uso del inmueble dado en arrendamiento, siendo esta una causa especial de rescisión del presente contrato.

SÉPTIMA.- En caso de que el inmueble requiera de alguna reparación cuya omisión impida el uso normal a que esta destinado el mismo, El Arrendatario se obliga a informar de esta situación al arrendador, o a su representante legal para que este se encargue de realizar las reparaciones necesarias.

OCTAVA.- "El Arrendatario" no podrá realizar actos que vayan en contra de lo establecido por el reglamento del régimen de propiedad de condominio a que se encuentra sujeto el inmueble.

NOVENA.- "El Arrendatario" no podrá almacenar substancias peligrosas, corrosivas, deletéicas, o flamables en la localidad, siendo el incumplimiento de lo preceptuado

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