Contestación de demanda de beneficios sociales
Enviado por gfieshsgvdhc • 12 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 955 Palabras (4 Páginas) • 4.355 Visitas
Expediente Nº: 008
Escrito Nº: 01
Sumilla: CONTESTA DEMANDA
Señor:
JUEZ DE PAZ LETRADO LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA
EMPRESA. “LEMUR S.A.”, con RUC Nº 20100113610, con domicilio en la Av. Pacifico Nº 154 y señalando como domicilio procesal en la Avenida Nicolas Ayllon Nro. 3986 Oficina Nº 02, y como Casilla Electrónica N° 28302 del Sistema de Notificaciones Electrónica, debidamente representada por sus apoderados judiciales APODERADO Rubén Darío Fuentes, identificada con D.N.I. N°34895609 , según copia legalizada de Poder de Representación que se anexa, en los autos seguidos por DEMANDANTE, sobre Reintegro de Beneficios Sociales, ante Usted con el debido respeto me presento y digo:
I. APERSONAMIENTO
Que, en mérito al Poder de Representación y copia de los documentos de identidad que se adjunta solicitamos se tenga por apersonado a la Instancia a nuestros Apoderados Judiciales, quienes intervendrán en la presente causa en nombre y representación de la Empresa recurrente, ejerciendo las facultades contenidas en el citado instrumento público.
II. PETITORIO
Que, dentro del término de ley ABSOLVEMOS el traslado de escrito postulatorio de demanda negando las expresiones de hecho y de derecho que esta contiene y solicitando que se le declare INFUNDADA en atención a los siguientes fundamentos.
III. FUNDAMENTACIÓN DE HECHO DE LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA:
En cuanto a la fecha de ingreso y cese del accionante, tiempo de servicio, cargo, remuneraciones percibidas y demás datos nos remitimos a lo que determine el Perito Revisor en la diligencia correspondiente y desarrollamos nuestros argumentos de defensa como siguen a continuación:
1. Manifestamos nuestra disconformidad de los mismos, considerando que por excepción, tratándose de remuneraciones complementarias, de naturaleza variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido cuando menos tres meses en cada periodo de seis, …”.
EN RELACIÓN AL SUPUESTO ADEUDO DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS ALEGADOS POR EL DEMANDANTE
1. Al respecto el actor plantea se le abone adeudos por Concepto de Compensación de Tiempo de Servicios, desde la fecha de su ingreso hasta su cese. Es decir, el demandante trata de sorprender al juzgado haciendo creer que nuestra empresa calculó defectuosamente tal beneficio.
2. Dejamos constancia que la CTS fue abonada en cada oportunidad en que correspondió liquidar el tiempo de servicios prestado a través del contrato de trabajo intermitente suscrito entre el demandante y la empresa y al final de su relación laboral se practicó una liquidación de beneficios sociales que igualmente el demandante cobró.
3. Inclusive él mismo adjunta a su demanda las liquidaciones de beneficios sociales mediante los cuales se comprueba que nuestra empresa ha cumplido con abonar dicho concepto.
4. El demandante tenía pleno conocimiento de la modalidad de la naturaleza del vínculo de carácter laboral, entonces, pretender iniciar una discusión sobre una supuesta errónea forma de calcular la CTS resulta a todas luces totalmente extemporánea e improcedente. De no haber estado de acuerdo el recurrente con la forma cómo la empresa calculó su CTS debió cuestionarla en su momento
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