Contitucion De Una Empresa En El Ecuador
Enviado por jotacsarcoronel • 4 de Marzo de 2013 • 2.933 Palabras (12 Páginas) • 437 Visitas
Capítulo II
2.1 Marco Teórico
2.2. La Empresa En La Republica Del Ecuador
DEFINICIÓN
La empresa es todo ente económico cuyo esfuerzo se orienta a ofrecer bienes y/o servicios que al ser vendidos producirán un valor marginal conocido como utilidad.
IMPORTANCIA
La empresa en cualquier sistema económico será el motor que mueva la economía de un país ; la importancia radica en su capacidad generadora de riqueza , que al ser distribuida equitativamente propicia la paz social y por ende tranquilidad y desarrollo .
CLASIFICACIÓN
La empresa puede ser clasificada desde varios puntos de vista; para este efecto se tomará en consideración los siguientes:
Por la actividad que cumple
Por el tamaño
Por el sector al que pertenece
Por la forma de la organización del Capital
POR LA ACTIVIDAD QUE CUMPLE
Comercial: Aquella que se encarga del acercamiento de los bienes desde el productor hacia el intermediario minorista o al consumidor , sin realizar cambios de forma ni de fondo en la naturaleza de los bienes.
Industria: Es aquella encargada de la transformación, modificación substancial o leve de ciertos bienes menores en otros mayores con la ayuda de los factores de la producción.
Servicios: Empresa creada con el fin de atender ciertas necesidades de carácter biológico, sentimental, afectivo y similares.
POR EL TAMAÑO
Las empresas se clasifican en pequeñas medianas y grandes.
El tamaño de una empresa está dado por varios factores, entre los cuales los más destacados son:
Valor del Patrimonio , Volumen de sus Activos Fijos , Número de Personas, Superficie o área de utilización, etc.
POR EL SECTOR AL QUE PERTENECE
Las empresas pueden pertenecer al:
Sector Privado: El aporte del capital corresponde a personas naturales o jurídicas del sector privado.
Sector Público: Si el aporte del capital lo hace el gobierno ( Estado ).
Sector Mixto: Cuando a la conformación del capital concurren los aportes tanto del sector privado como del sector público.
POR LA FORMA DE ORGANIZACIÓN DEL CAPITAL
En este sentido las empresas se clasifican en:
Unipersonales: El capital se conforma con el aporte de una sola persona natural.
Sociedad o Compañía: El capital (propiedad) se conforman mediante el aporte de varias personas naturales o jurídicas.
Las sociedades se subdividen:
De Personas: En comandita Simple y Nombre Colectivo.
De Capital: Sociedad Anónima, Economía Mixta, Compañía Limitada y En comandita por Acciones .
2.3 LEY DE COMPAÑÍAS
CARACTERÍSTICAS E IMPORTANCIA
La Ley de Cías. Viene a ser una ley especial porque regula ciertas clases de fenómenos a la ley de Cías, no le interesa la actividad que desarrolle empresario individualmente , pues esto interesa al código de comercio , pero a la ley de sociedades o al derecho societario le interesa el empresario unido en sociedad.
Contrato de Compañías es aquel por el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.
Este contrato se rige por las disposiciones de esta Ley, por las del Código de Comercio, por los convenios de las partes y por las disposiciones del Código Civil.
La Sociedad es un sujeto de derecho, es una persona jurídica distinta de los socios que la conforman. Sociedad o Cía. es un contrato entre dos o más personas que ponen algo en común con el fin de dividir los beneficios que de ello provengan, este concurso de voluntades en materia societaria se llama Afectio Societatis.
En Ecuador , en 1878 se independiza el Derecho Mercantil del derecho Civil y de 27 de Enero de 1964 se independiza el derecho Societario del derecho Mercantil , fecha en que se dictó la primera Ley de Compañías, mediante DS. Nº 162, publicado en R. O. Nº 181 del 15 de Febrero del mismo año, Posteriormente, la Superintendencia de Compañías por Resolución Nº 319 del 6 de Mayo de 1968 expide la primera codificación de la ley de Cías. (R. O. Nº 424 del 19 de julio de 1968). A partir del año 1977 el derecho societario cobra vigor y aumenta su fisonomía en Latinoamérica en virtud de la integración andina, el Pacto Andino y el acuerdo de Cartagena.
ELEMENTOS ESÉNCIALES DE UN CONTRATO DE SOCIEDAD
Elementos humanos, elemento económico, elemento social, participación de ganancias o pérdidas, objeto social y affectio societatis.
La effectio societatis constituye el elemento característico del contrato de compañía.
El contrato se rige por las disposiciones de la Ley de Compañías, por el Código de comercio, que establece cuales actos son de comercio; el Código Civil, y por los convenios de las partes. La cláusula estatutaria debe hallarse en la escritura de constitución de la compañía. En definitiva estos constituyen los ingredientes naturales o esenciales del contrato de compañías.
2.4 ORGANISMOS CONTROLADORES
1º.-Superintendencia de Compañías, - La Superintendencia de Cías. Es un órgano de control y vigilancia que tiene afinidad con el Reg. De la Propiedad y con el Reg. Mercantil en donde se lleva el registro de Sociedades en base a las copias que los funcionarios respectivos del Reg. Mercantil deben remitirles.
Según la Constitución de 1979. En Art. 115, se expresa:
"La Superintendencia de Compañías es el organismo técnico y autónomo que vigila y controla la organización , actividades, funcionamiento, disolución y liquidación de las compañías, en las circunstancias y condiciones establecidas por la ley".
2º.- Cámaras de Comercio: El Art. 19 de la Ley de Cías, dice:
"La inscripción en el Registro Mercantil surtirá los mismos efectos que la matrícula de comercio. Por lo tanto queda suprimida la obligación de inscribir a la compañía en el libro de matrículas de comercio.
El Código de Comercio sólo queda como ley supletoria de la Ley de Cías y el único organismo controlador de las compañías mercantiles es la Superintendencia de Compañías.
3.- SOCIEDADES MERCANTILES:
El Art. 2º. dice. Hay cinco especies de compañías , a saber :
La compañía en nombre colectivo ; art. 35
La compañía en comandita simple y dividida por acciones ; art. 356-358
La compañía de responsabilidad limitada ; art. 93 y 116 n.9
La compañía anónima; art. 155 y 1995 del C.C.
La compañía
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