Contraloria Socila
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Contraloría
Social
PUBLICACIÓN DEL MINISTERIO
DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
DIRECTORIO
Ministro de Comunicación e Información
Andrés Izarra
Viceministro de Estrategia Comunicacional
Yuri Pimentel
Viceministro de Gestión Comunicacional
William Castillo
Coordinación General
Senira Salazar
Director de Arte
José Luis Díaz Jiménez
Juan Carlos Pérez Escaño
Corrección
Germán Villegas
Dirección General de Prensa
Lenelina Delgado
Carlos Ibarra
María Isabel Cerón
Manuela Solé
Nely Gómez
e-mail: publicidad@mci.gov.ve
Febrero 2005
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CONTRALORÍA SOCIAL
PODER PARA EL PUEBLO
“Los electores y electoras tienen derecho a que sus representantes
rindan cuentas públicas, transparentes y periódicas sobre su gestión,
de acuerdo con el programa presentado”
Artículo 66
de la Constitución
Bolivariana de Venezuela
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Contraloría Social
l proceso de transformación social, económica y política
E que vive la República Bolivariana de Venezuela, acorde al
mandato establecido en la Constitución Nacional aprobada en 1999
por la Asamblea Constituyente y refrendada por el pueblo ese
mismo año, convoca la participación de todos los ciudadanos y ciu-
dadanas y obliga al conocimiento de los cambios planteados en la
patria grande que soñó Bolívar.
Estamos viviendo nuevas formas de relación entre el gobierno
y el pueblo. La Carta Magna sienta las bases de la democracia par-
ticipativa y protagónica y esto significa que ya los ciudadanos no
permanecen alejados de los asuntos públicos, práctica sana y con-
veniente para garantizar la marcha del estado en cualquiera de sus
competencias. Lo que está en juego es un nuevo trato entre el esta-
do y la sociedad: en lugar de relaciones marcadas por el paternalis-
mo y por las cúpulas partidistas, la gente pasa a ocupar un rol acti-
vo y directo en las actividades y decisiones que involucran su comu-
nidad, su municipio o su región.
Estamos hablando del control social necesario para que el ejer-
cicio de gobierno sea eficaz y productivo. Estamos hablando de la
profundización efectiva de los cambios que requiere el país, de ir
hacia el “salto adelante” que menciona el presidente Hugo Chávez
Frías.
Los derechos humanos es uno de los ejes transversales que nos
conducen al cumplimiento de lo que plantea la Constitución
Nacional y se concreta en su artículo 70: “Son medios de participa-
ción y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo
político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta
popular, la revocatoria el mandato, las iniciativas legislativa, cons-
titucional y ciudadana cuyas decisiones serán de carácter vinculan-
te, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención
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Poder para el pueblo
ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas
sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de aho-
rro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por
los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley estable-
cerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios
de participación previstos en este artículo”.
Otro de los ejes es la participación ciudadana como núcleo vital
del proyecto bolivariano. Sobre esta base surge la propuesta de la
Contraloría Social para todo lo vinculado con el control, vigilancia
y supervisión de las obras servicios y programas sociales que se eje-
cuten a través de los órganos de la administración pública, específi-
camente en las áreas de competencia del municipio.
El tema no es novedad. Sobre el mismo se discute y se buscan
alternativas en países México, Nicaragua, Cuba, Honduras, Perú,
Chile Ecuador, San Salvador, España, Alemania, etc. En Venezuela,
desde hace muchos años las organizaciones comunitarias solicitan
el ejercicio del control social: ante los niveles de incompetencia de
los organismos públicos es necesario crear una nueva cultura políti-
ca.
SIGNIFICADO Y TRASCENDENCIA
uando hablamos de participación ciudadana estamos señalando
C caminos diferentes a los transitados. La participación ciudada-
na es definida como el derecho de los ciudadanos de intervenir en la vigi-
lancia, seguimiento y monitoreo de la gestión pública, a fin de que se veri-
fiquen los principios de transparencia, eficiencia, eficacia, equidad, serie-
dad, cumplimiento y calidad, de manera que se prevenga la comisión
de actos de corrupción, permitiendo -desde la sociedad civil- generar un
proceso de control a la gestión de lo público, es decir, a lo que nos perte-
nece, lo que es de todos y lo que nos involucra a todos.
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Contraloría Social
También podríamos decir que es el conjunto de acciones de con-
trol, vigilancia y evaluación que realizan las personas, de manera
organizada o independiente, en un modelo de derechos y compromi-
sos ciudadanos, con el propósito de contribuir a que la gestión
gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realicen en
términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, así como
para exigir la rendición de cuentas a sus gobernantes.
De una u otra manera, los constituyentistas encargados de la
redacción de la Constitución de 1999 tomaron en consideración las
peticiones y sugerencias de los ciudadanos y sentaron las bases de
lo que sería la Contraloría Social en nuestro país. Su necesidad
tomó cuerpo en el país a pesar de la resistencia que aún existe en
algunos sectores. La gente se organiza en comités de contraloría que
toman como bandera el artículo
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