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Contrato De Suministro


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2012  •  1.286 Palabras (6 Páginas)  •  2.785 Visitas

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INTRODUCCION

A continuación se presenta una detallada información de el contrato de suministro para tener una idea mas clara y precisa de lo que en el encontraremos así como los elementos y características que lo componen

DOCTRINA:

El contrato de suministro es tratado como una modalidad de compraventa y se le estudia dentro de esta. En el derecho guatemalteco está tipificado como un contrato autónomo y regulado por los artículos 707, 708, 709, 710, 711 y 712 del Código de Comercio. El argumento de quienes afirman que el suministro es una especie de compraventa, parte del supuesto de que también en él está la entrega del objeto vendido puede hacerse en forma fraccionada. Pero esta circunstancia no tipifica un contrato de suministro porque en la compraventa cada fracción forma parte de una misma prestación. En cambio, en el suministro las entregas periódicas de la mercadería son prestaciones aisladas entre una y otra, de manera que también el precio se define por cada una que se cumple. En todo caso, en nuestra legislación no hay argumento para confundir un contrato con el otro, el suministro es un contrato típico, autónomo de cualquier otra figura negocial.

DEFINICION:

Por el contrato de suministro, una parte, llamada suministrante, se obliga mediante un precio, a realizar a favor de otra, llamado suministrado, una serie de prestaciones periódicas y continuadas de mercadería o servicios. Articulo 707 Código de Comercio.

Las prestaciones Periódicas serian EJEMPLO: Que un industrial de muebles se obligara a entregarle a un intermediario una cantidad de bienes al final de cada mes, conforme el plazo pactado. Las prestaciones continuadas se darían en el suministro diario de energía eléctrica o el servicio de lavandería que un comerciante le prestara en forma continua a un hospital.

FUNCION: Este contrato cumple una función importante dentro del comercio, porque permite que las personas suministradas tengan asegurada la provisión de un bien o un servicio. Es común este contrato dentro de los negocios jurídicos mercantiles, aunque a muchos, por desconocimiento de la tipicidad del mismo, cuando se redacte por escrito, no se le llama por su nombre. Un comerciante revendedor, en lugar de proveerse aisladamente de las cosas que expende en su empresa, celebra un contrato de suministro para mantener surtido su almacén; un hotel que careciera de lavandería, puede contratar el servicio de limpieza de ropa con un comerciante que se dedicara a prestarlo.

CARACTERISTICAS:

El contrato de suministros es:

 Consensual

 Bilateral

 Principal

 Oneroso

 de tracto sucesivo.

ELEMENTOS:

a) PERSONALES: Los elementos personales son:

 El Suministrante: Quien proporciona los bienes o servicios a cambio de un precio.

 El Suministrado: Es el que se beneficia con las prestaciones periódicas o continuadas de los bienes o servicios y paga el precio.

b) FORMALES:

El contrato de suministros no está sujeto a formalidades especiales, según la organización de la empresa puede constar en documentos pre redactados; salvo que lleve aparejada una garantía prendaria o hipotecaria, cuyo caso debería constar en Escritura Pública. Pero son casos muy raros; a veces ni siquiera consta por escrito.

c) REALES:

Aun cuando decir “cosas muebles” es una tautología, los términos, que usa la ley para designar el objeto real de un contrato de suministro son los de COSAS MUEBLES O SERVICIOS.

La entrega de estos se hace mediante prestaciones periódicas o continuadas que pueden estar cuantificadas en el contenido del contrato, ya sea por una cantidad específica o fijando un mínimo y un máximo donde puede oscilar un monto de las prestaciones, en el entendido de que, en este ritmo caso, es al suministrado a quien se le confiere el derecho de fijar la cuantía, ahora cuando no se fija la suma de las prestaciones se entenderá que es aquella que necesita el suministrado al momento de celebrar el contrato. Esta última solución en un caso de omisión es poco certera, porque resulta bastante subjetivo fijar el límite de la necesidad del suministrado. Sin embargo, es la regla contenida en la ley.

El otro elemento

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