Contrato Fin Comun
Enviado por josuso13 • 18 de Noviembre de 2011 • 254 Palabras (2 Páginas) • 2.319 Visitas
Contratos de finalidad común o de realización de un fin común.
Estos contratos se encuentran en el Título Decimoprimero del Código Civil, hay dos tipos: los de asociación y los de sociedad, los cuales se abordan en el capítulo 1° y 2°, respectivamente. A partir del Código Civil de 1928 la asociación civil toma personalidad jurídica y se le considera como contrato, antes solamente se le consideraba como un convenio privado, por lo tanto no poseía personalidad jurídica.
I. Asociación Civil.
Definición. Se define como la corporación –debido a la unión de dos o más personas físicas o morales que conforman una persona moral, como lo estipula la fracción VI del artículo 25 del Código Civil- de derecho privado dotada con personalidad jurídica. Surge como contrato intuitu personae –en atención a la persona-, para realizar una finalidad en común, que actúa o se lleva a cabo conforme a la ley, es decir lícitamente, el fin es posible y de naturaleza no económica ya que puede ser político, científico, artístico o de recreo. Se dice que tiene una permanencia o en otras palabras tiene una vida, la reunión de dichas personas debe ser “no enteramente transitoria”. Se debe tomar en cuenta las cualidades de los socios o asociados, que son regidos por normas estatutarias.
Ejemplos de asociaciones son los partidos políticos, las fundaciones, las beneficencias privadas, los clubes recreativos, las asociaciones científicas, entre otras.
Algunas características de este contrato es que es plurilateral, bilateral por excepción, oneroso, conmutativo, formal, de tracto sucesivo, e intuitu personae.
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