Contrato de prestacion de servicios profesionales no. 001-08
Enviado por lala1711 • 4 de Febrero de 2014 • Trabajo • 2.138 Palabras (9 Páginas) • 291 Visitas
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 001-08
CONTRATANTE: FONDO FINANCIERO DEL MUNICIPIO DE PALMIRA –
FINANPAL NIT: 815.002.334.0
CONTRATISTA HORACIO MOSQUERA PEREA C.C. 16.347.422
OBJETO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE
COBRANZA PREJURÍDICA Y DE COBRO ADMINISTRATIVO DE LA
CARTERA MOROSA DE LOS PUESTOS Y LOCALES DE LAS
PLAZAS DE MERCADO Y DE ASESORÍA JURÍDICA AL
DESPACHO DE FINANPAL.
Entre los suscritos a saber: FANNY MARCELA GARCIA DAVILA, persona mayor
de edad, identificada con la cedula de ciudadanía No. 31.172.270 Expedida
en Palmira, quien obra en nombre y representación de FINANPAL, en su
condición de gerente, atendiendo los postulados establecidos en la Ley 80 de
1993, Ley 1150 del 2007, y demás Decretos Reglamentarios, y quien en
adelante se denominará FINANPAL, por una parte y por la otra HORACIO
MOSQUERA PEREA identificado con la cedula de ciudadanita No.16.347.422
expedida en Tulúa , abogado titulado con Tarjeta Profesional No.98411 Del
Consejo Superior de la Judicatura, domiciliado en esta ciudad en la Calle 29
No.22-38, Palmira, teléfono No.2723021 317 3761237, quien en adelante se
denominará el CONTRATISTA, hemos convenido la celebración del presente
contrato de PRESTACION DE SERVICIO PROFESIONALES PARA LA
RECUPERACION DE CARTERA MOROSA DE LAS PLAZAS DE MERCADO Y
DE ASESORIA JURIDICA AL DESPACHO DE FINANPAL, con observación del
trámite de contratación directa previsto en el articulo 81 del Decreto 066 del16 de
enero del 2008, PRIMERA: Objeto: Prestación de servicios profesionales de
cobranza prejurídica y de cobro administrativo de la cartera morosa de los
puestos y locales de las plazas de mercado y de asesoría jurídica al despacho de
Finanpal. Lo anterior de conformidad con los estudios previos y la propuesta
presentada por el contratista, documentos que hacen parte integral del presente
contrato. SEGUNDA Obligaciones de las partes : A) El contratista se obliga a
cumplir el contrato en los términos que en este documento se consignan
comprometiéndose específicamente : 1) a llevar a cabo el proceso de
recuperación de la cartera morosa de los puestos y locales comerciales
establecidos en las plazas de mercado o galerías de la ciudad. 2) a hacer el
cobro persuasivo y el cobro administrativo mediante los procedimientos
correspondientes, apoyando esta gestión con llamadas telefónicas,
comunicaciones escritas y prestando atención personalizada a los deudores.
PARAGRAFO: El contratista asume bajo su responsabilidad los costos que
generen los elementos indispensables para el cumplimiento del objeto del
contrato. 3) Presentar informes periódicos sobre el estado del recaudo de las
obligaciones encomendadas respecto de toda la cartera recibida, recuperada en
valores, convenios y acuerdos de pago 4) No podrá recibir dinero de los deudores.
Los pagos se efectuarán exclusivamente en los bancos definidos o acordados
con Finanpal y se efectuarán a través de un formato el cual será generado por
el contratista y entregado al deudor para el pago. 5) Negociar con los deudores
acuerdos de pago, bajo las condiciones que determine Finanpal y efectuar el
seguimiento pormenorizado a los convenios o compromisos de pago suscritos
durante la vigencia de este contrato. 6) Establecer una base de datos de los 22
Fondo Financiero
del Municipio de
Palmira –
FINANPAL
Nit. 815002334-0
Calle 30 Carrera 29 Esquina Primer Piso Edificio CAMP –Tel. 2709500- Ext.2238 Fax.2709605 2
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deudores- 7) Sustanciar los actos administrativos correspondientes al cobro
administrativo que adelante FINANPAL.8) apoyar a Finanpal en la asesoría
profesional y de gestión que deba brindársele a las diferentes dependencias tanto
de las plazas de mercado como del mismo Finanpal. 9) Preparar proyectos de
respuesta a consultas y derechos de petición formulados a la gerencia o otras
dependencias adscritas a Finanpal.10. Sustanciar las respuestas de las acciones
de tutelas presentadas por inquilinos u otros contra el despacho de Finanpal y la
administración Municipal. B) Corresponde a FINANPAL: 1) entregar al
contratista la relación de cartera morosa de los comerciantes de puestos y locales
de las galerías de las plazas de mercado de la ciudad 2) Pagar al contratista
oportunamente por los servicios prestados. 3). Colocar a disposición del
contratista toda la información que se requiera a efectos de atender obligaciones
propias del contrato.4) Otorgar los poderes especiales que corresponda y/o las
autorizaciones a que haya lugar para los procesos judiciales y administrativos en
que sea parte el Fondo Financiero del Municipio de Palmira. TERCERA: Valor del
contrato y forma de pago: Para los efectos legales y fiscales del presente
contrato, el contratista solo tendrá derecho al pago de los honorarios que
expresamente se determinan en el presente contrato. El contrato tendrá un valor
de veinte millones de Pesos Moneda corriente ($20.000.000.00) pagaderos en
actas parciales de acuerdo con informe de ejecución presentado por el contratista.
CUARTA: Vigencia y plazo de ejecución del contrato: El plazo de ejecución, es
decir, el tiempo durante el cual el contratista se compromete a prestar a entera
satisfacción de FINANPAL el servicio objeto del presente contrato, será de ocho
meses , una vez legalizado el contrato. QUINTA: Relación laboral: El presente
contrato no genera relación laboral con el contratista, ni con el personal que este
pudiera vincular y en consecuencia, tampoco el pago de prestaciones sociales ni
ningún tipo de emolumentos distintos del valor acordado en el mismo. SEXTA:
Imputación presupuestal: El valor del presente contrato se imputará al rubro
presupuestal No 032003-08 según certificado de disponibilidad presupuestal 077 -
08 del 30 de marzo de 2008 expedido por la ejecutiva de contabilidad y
operaciones de FINANPAL SEPTIMA: Garantías: El contratista deberá constituir
póliza única de garantía con el amparo de cumplimiento
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