Contrato por persona a nombrar y las arras
Enviado por claudiadolcirios • 4 de Noviembre de 2018 • Tesina • 10.105 Palabras (41 Páginas) • 472 Visitas
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ESCUELA DE POST GRADO
MAESTRÍA EN DERECHO:
MENCIÓN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
MONOGRAFÍA
CONTRATO POR PERSONA A NOMBRAR Y LAS ARRAS
TRABAJO REALIZADO POR:
Abogada CLAUDIA GERMAINE DOLCI RIOS
DOCENTE:
Dra. VICTORIA MARIBEL PULGAR TABOADA
Post Doctor en Ciencias-UNHEVAL
Doctor en Derecho-UNHEVAL
Magister en Derecho mención Civil y Comercial-UNHEVAL
Huánuco – Perú
2018
ÍNDICE
CARÁTULA
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
PLANTEAMIENTLO DEL PROBLEMA
1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.1.1. Descripción del problema
1.1.2. Formulación del problema 3
1.1.3. Justificación de la investigación
1.1.4. Delimitación del problema
1.2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
1.2.1. Objetivo general
1.2.2. Objetivo específicos
1.3. HIPÓTESIS Y VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN
1.3.1. Hipótesis
1.3.2. Variables
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN
1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
2.2. MARCO HISTÓRICO
2.3. BASES TEÓRICAS DE LA INVESTIGACIÓN
2.3.1. Contrato por persona a nombrar
A. Concepto
2.4. MARCO CONCEPTUAL
2.5. MARCO FORMAL O LEGAL
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
3.1. MÉTODOS DE LA INVESTIGACIÓN
3.2. TIPO Y NIVEL DE INVESTIGACIÓN
3.3. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
BIBLIOGRAFÍA
ANEXOS
INTRODUCCIÓN
En el Perú el Derecho del Contrato por Persona a Nombrar, es una modalidad que no fue considerado en nuestro código Civil anterior, recién fue incorporado en el Código Civil de 1984. En los tiempos antiguos en el Derecho no se regulaba esta institución, hablando del Derecho Romano, pero sin embargo, en el derecho medieval esta figura contractual, ya practicaban su uso, aunque muy limitado por los pueblos antiguos, como algunas ciudades mediterráneas, por comerciantes genoveses y venecianos para facilitarse en sus transacciones comerciales, como en el campo de compraventa, y podían utilizar en cualquier contrato típico o atípico. En el Código Civil de 1984, se le ha considerado, porque en la práctica sucede que al celebrarse un contrato, una de las partes actúe como tal, solo en forma provisional en la oportunidad de la celebración, siendo su verdadero propósito que en un futuro cercano sea otra persona distinta al sujeto de la relación contractual, quien en realidad lo celebre. El Contrato por persona a nombrar se encuentra ubicado en nuestro Código Civil vigente, en el libro VII, Fuente de las Obligaciones, en el título XII, desde el artículo 1473 a 1476, donde señala claramente que en cuanto precisa la facultad de las partes a nombrar a una tercera persona, dado que justifican este criterio al estipular que el acto celebrado deberá sufrir variación posteriormente, bajo ciertas formalidades, ente ellos la aceptación de la persona nombrada, que viene a ser el tercero que necesariamente tiene que aceptar formalmente para que se haga efecto y valido el contrato. Son pocos los tratadistas que han estudiado esta figura jurídica. También se dará a conocer acerca de las Arras que pueden ser confirmatorias y de retracción. Las arras confirmatorias lo encontraremos en el título XIII, desde el artículo 1477 al 1479 y las arras de retracción en el título XIV desde el artículo 1480 al 1483, bajo este contexto la presente investigación formulo como Problema General:
¿Cuáles son los efectos jurídicos al realizar un Contrato bajo las formas: Persona a Nombrar y las Arras, enmarcado en nuestro Código Civil?
Trazando así un Objetivo General:
Determinar cuáles son los efectos jurídicos al realizar un contrato bajo las formas: Persona a Nombrar y las Arras enmarcado en nuestro Código Civil.
Objetivos Específicos:
- Determinar los efectos jurídicos en el aspecto social y económico del contrato por persona a nombrar.
- Determinar los efectos jurídicos en el aspecto social y económico de un contrato con arras confirmatorias.
- Determinar los efectos jurídicos en el aspecto social y económico de un contrato con arras de retracción.
Donde la variable Independiente es: Realizar un contrato.
Y las variables Dependientes son: Efecto Jurídico en el aspecto social y económico del contrato por persona a nombrar; y, efecto jurídico en el aspecto social y económico del contrato con arras.
Teniendo como Hipótesis: Los efectos jurídicos al realizar un contrato bajo las formas: por persona a nombrar y las arras son convenientes en el aspecto social y económico, porque otorga beneficios a los entes en cuanto al acceso a contratos en la legislación vigente.
La Justificación presente trabajo monográfico, se justifica teóricamente porque se realizó una exploración minuciosa de los fundamentos teóricos, filosóficos y doctrinarios del Derecho de Contrato por Persona a Nombrar y las Arras, lo cual sirvió para un mejor entendimiento y conocimiento de su comportamiento y poder determinar sus efectos jurídicos. Se justifica porque se plantea estrategias para determinar los efectos jurídicos del Contrato por Persona a Nombrar y las Arras tanto en el aspecto social como económico que favorece a su comprensión y aplicación por parte de los contratantes. Además se justifica porque esta monografía servirá de experiencia para realizar la tesis más adelante para la maestría en Civil y Comercial.
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