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Contratos y Garantías - La Venta- Derecho Venezolano.


Enviado por   •  8 de Marzo de 2016  •  Apuntes  •  825 Palabras (4 Páginas)  •  215 Visitas

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CONTRATOS Y GARANTIAS

TITULO V: LA VENTA (Continuación)

        Para que la venta pueda tener procedencia se requiere de una cadena titulativa, de una propiedad privada, se requiere de dar cumplimiento al art 115 de la CRBV (Derecho a la Propiedad Privada).

CASO DE EJEMPLO

Una persona que tenga ocupando un medio rural o urbano por 20 años a pesar que estamos en presencia de una USUCAPION o pretensión adquisitiva de la propiedad hasta tanto una persona que posea competencia como un juez no le emita título suficiente de propiedad esta persona no puede enajenar no puede vender aun cuando el derecho lo proteja; hasta que el juez no te emita esa patente de corso, es decir, ese decreto que te acredita suficientemente como ahora nuevo propietario; el juez siempre advierte que se dejan a salvo derechos de terceros.

Una persona es poseedor precario cuando esta persona ocupa por un año un bien inmueble y nadie aparece para perturbarlo es una posesión pasiva.

Vías de hecho abuso de poder, es decir, que los organismos del estado se extralimitaron en su actividad de como administradores del estado.

Los funcionarios públicos responden por sus actos: Civil, Penal y Administrativamente.

Art.84 de la LOPA “La AP puede corregir en cualquier momento pueden corregir sus errores de cálculo, material e involuntario”. (Corrección de errores cometidos por la AP sin importar el tiempo que allá pasado del hecho en cuestión).

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

¿Quién es el Vendedor?, es el propietario, el titular de ese derecho, pero puede suceder que el propietario no pueda dar de dar de manera personal de manera indirecta, asumir su obligación de vender, buscando a una tercera persona (tanto a un abogado como a una persona común) pero que sea civilmente hábil, que tenga la capacidad y la aptitud para ser un sujeto de obligación (Menor o impedidos no pueden ejercer gestiones de comercio), mediante un acto de representación.

        Acto de Representaciones, son los denominados poderes; poder amplio, poder general, poder especifico, poder expreso,

Poder Ordinario: que son los poderes que nos otorgamos nosotros a las personas que no son abogados si no para que nos representen de manera formal.

Poder de Carácter Legal: es porque vamos a las circunstancias tribunalicias, porque los tribunales son solamente para abogados y abogadas.

OBLIGACIONES. (lo que haga el dueño es lo mismo que debe realizar el representante)

  1. Transferir.
  2. Hacer la Tradición.

Demostrar que soy el propietario, es una obligación de hacer porque debo diligenciar o conducirme a la tradición, a demostrar la propiedad que me pertenece. Art 1.155 Código Civil.

  1. El abogado al poseer la fotocopia del documento donde aparece la persona como acreditada como dueño, uno se debe dirigir al registro inmobiliario y reviso la tradición y la cadena titulativa o tracto sucesivo de la tradición. ( Quien empezó a tenerlo y hasta ahorita quien es el propietario)
  1. Sanearla.

Liberamiento de cualquier tipo de obligación o actividad que esté relacionado con la propiedad a vender.

(Lo estoy vendiendo prístino, trasparente, sin presencia de ninguna actividad dudosa), pero además se debe pasar por la alcaldía correspondiente, por el departamento de catastro municipal y por ingeniería municipal con el objeto de inscribir el bien inmueble, pagar los impuestos, para poder presentar la solvencia municipal, porque si no es llevada, el registrador inmobiliario no dará curso a esa protocolización.

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