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Controles Del Juicio De Amparo


Enviado por   •  10 de Octubre de 2011  •  1.062 Palabras (5 Páginas)  •  1.166 Visitas

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JUICIO DE AMPARO

a) Control Constitucional

b) Control de Legalidad

c) Control Jurisdiccional

d) Autocontrol

CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

Es un medio jurídico de protección o tutela de la constitución

*Antecedente: Constitución Yucateca de 1840

-Su procedencia se declaro contra cualquier acto del gobernador o ley de la legislatura que en agravio del gobernado violase la constitución y no únicamente los preceptos en que consagraba las garantías individuales.

-El artículo 103, Fracción I de la constitución consagraba la defensa de las garantías del gobernado, sin embargo el control constitucional tiende hacer efectivo el principio de la supremacía de la ley fundamental.

-Sin embargo nuestro juicio de amparo el artículo 16 constitucional (consagra la garantía de legalidad) tutela la constitución general, no solo conforme al artículo 103 supra mencionado, sino también en relación con todas sus disposiciones, por lo que sin duda, es un verdadero medio de control constitucional.

-Por lo tanto el juicio de amparo tiene como finalidad la protección de las garantías del gobernado y el régimen de competencias entre las autoridades federales y las de los estados; y a través de la garantía de legalidad consagrada en el artículo 16, extiende su tutela a toda la constitución.

-Esta tutela se imparte siempre en función del interés del gobernado, porque sin esta afectación por un acto de autoridad el amparo es improcedente; también es verdad que al preservar dicho interés se mantiene y se hace respetar el orden constitucional.

-De ahí que: El control de la constitución y la protección del gobernado frente al poder público, sean dos objetivos lógico y jurídicamente inseparables que integran la teología (fin) del juicio de amparo.

-Por ello el amparo es de orden público, como juicio de control o tutela de la constitución, porque el interés superior consiste en el respeto a la ley suprema.

CONTROL DE LEGALIDAD

L a finalidad del juicio de amparo se ha ampliado ostensiblemente porque el artículo 14 constitucional, consagra la garantía de legalidad en asuntos penales y civiles (lato sensu) respecto de cuyas violaciones es procedente el ejercicio de este medio de control.

-Por lo tanto el amparo no solo tutela el régimen constitucional; sino que su objeto protector se extiende a los ordenamientos legales secundarios, por lo que los Tribunales Federales, se constituyen en revisores de los actos de “todas las autoridades judiciales”, que no se han ajustado a las leyes aplicables.

- En consecuencia, el amparo es también un medio de control de legalidad.

-En conclusión: El control de legalidad se incorpora a la teología del juicio de amparo a través del principio de legalidad (como garantía constitucional), en función a los artículos 14 y 16 de la constitución general.

-Siendo así, cualquier acto de autoridad, independientemente de la materia en que se emita o del órgano estatal del que provenga al no ajustarse o convenir la ley secundaria que deba normarlo viola dicha garantía, haciendo procedente el amparo, tutelando la legalidad haciendo la observación de antes deben promoverse todos los recursos ordinarios o medios de defensa de que disponga el gobernado para obtener la invalidación del acto de autoridad que lo agravie.

-Pues bien: El control de legalidad esta nítidamente contenido en el artículo 107 constitucional que regula su procedencia, contra las sentencias definitivas dictadas

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