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Convenios De Fiscalizacion


Enviado por   •  22 de Abril de 2012  •  550 Palabras (3 Páginas)  •  568 Visitas

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Se evitara la doble imposición y se prevendrá la evasión fiscal con los convenios de intercambio de información de los países como lo es Australia, Reino Unido, Singapur, Suiza. Ya que estos convenios tienen alcance para las personas residentes de uno o de ambos estados contratantes.

México permitirá a sus residentes acreditar contra el impuesto mexicano:

a) El impuesto sobre la renta pagado a Australia, al Reino Unido, a Singapur y/o Suiza, por o en nombre de dicho residente; y

b) En el caso de una sociedad propietaria de al menos el 10 por ciento de las acciones con derecho a voto de una sociedad residente en Australia, Reino Unido, Singapur y/o Suiza y de la cual la primera sociedad recibe los dividendos, el impuesto sobre la renta pagado en el pis respectivo por o en nombre de la sociedad que distribuye dichos dividendos.

El impuesto mexicano exigible se considera que incluye cualquier monto que hubiera podido ser exigible como impuesto mexicano en cualquier año salvo por la reducción de impuesto otorgado para dicho año o sobre cualquier parte del mismo.

Las autoridades de los Estados Contratantes intercambiarán la información que sea previsiblemente relevante para aplicar lo dispuesto en el Convenio, o para la administración o cumplimiento de la legislación interna relativa a los impuestos de cualquier clase y naturaleza exigidos por los Estados Contratantes, sus subdivisiones políticas o entidades locales, en la medida en que la imposición no sea contraria al Convenio, en particular, para prevenir el fraude y facilitar la aplicación de las disposiciones legales contra la elusión legal.

Cualquier información recibida, por un Estado Contratante será mantenida secreta de igual forma que la información obtenida con base en la legislación interna de ese Estado y sólo se comunicará a las personas o autoridades encargadas de la liquidación o recaudación de los impuestos sobre la resta, el impuesto empresarial a tasa única, el impuesto a las sociedades, el impuesto sobre ganancias de capital, de los procedimientos declarativos o ejecutivos relativos a estos impuestos o de la resolución de los recursos relativos a los mismos, o encargadas de verificar el cumplimiento de todo lo anterior. Estas personas o autoridades sólo utilizarán la información para estos fines. Podrán revelar la información en las audiencias públicas de los tribunales o en las sentencias judiciales.

Cuando la información sea solicitada por un Estado Contratante el otro Estado Contratante utilizará las medidas para recabar información de que disponga para obtener la información solicitada, aun cuando ese otro Estado pueda no necesitar dicha información para sus propios fines impositivos. La obligación precedente está sujeta a limitaciones pero en ningún caso dichas limitaciones deberán interpretarse en el

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