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Copaso


Enviado por   •  22 de Junio de 2015  •  Informe  •  499 Palabras (2 Páginas)  •  147 Visitas

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SI EL NÚMERO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ES MENOR DE 10 EL GERENTE O REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA NOMBRARÁ UN VIGÍA DE SALUD OCUPACIONAL EL CUAL TIENE LAS MISMAS FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO

EL COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional dentro de la empresa.

Tiene la característica de estar conformado por igual número de representantes por parte de la administración e igual número de representantes por parte de los trabajadores, de allí su denominación de paritario

Funciones

Investigar las causas que afectan la salud de los trabajadores.

Proponer medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.

Participar en actividades de capacitación en salud ocupacional.

Colaborar en el análisis de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales e indicar las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia.

Promover la elaboración de planes de trabajo, por parte del Comité al interior del Programa de Salud Ocupacional, con el fin de hacer efectivo el tiempo disponible para el cumplimiento de sus funciones.

MISIÓN VISIÓN

Contribuir mediante una gestión eficiente y responsable al desarrollo de una cultura de Salud Ocupacional que permita el mejoramiento de las condiciones de trabajo y salud del talento humano de la empresa.

En el 2007 el Copaso será un organismo líder en la vigilancia, promoción y prevención de la salud ocupacional del talento humano, el comité se caracterizará por su competitividad, credibilidad y gestión con reconocimiento institucional.

MARCO LEGAL

La salud ocupacional tiene como campo propio la protección de la salud del trabajador, esta protección se encuentra inicialmente reconocida en el artículo 81 de la Ley novena de 1.979, en la cual se señala la salud como una condición indispensable para el desarrollo socioeconómico del país.

Las normas de salud ocupacional han mantenido un constante cambio con el fin de suplir las nuevas exigencias que surgen en materia laboral y es relativamente nueva en el lenguaje jurídico colombiano, aunque desde hace mucho tiempo se ha reglamentado lo referente a la salud de los trabajadores.

En Colombia se han expedido varias leyes desde 1.950 y hasta la fecha entre ellas las más importantes han sido:

La Ley 9ª de 1.979 o Código Sanitario Nacional

La Resolución 2400 o Estatuto de Seguridad Industrial

El Decreto 614 / 84, que implementó el Plan Nacional de Salud Ocupacional

La resolución 2013 / 86 que reglamenta los COPASO (Comité Paritario de Salud Ocupacional)

La Resolución 1016 que reglamenta los Programas de Salud

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