Cuadro Cronologico De Las Reformas A La Ley De Telecomunicaciones
Enviado por GenaroGarciaS • 22 de Agosto de 2014 • 866 Palabras (4 Páginas) • 388 Visitas
CUADRO CRONOLOGICO DE REFORMAS EN MATERIA
DE TELECOMUNICACIONES.
FECHA DE PUBLICACION DE LA REFORMA PRESIDENTE ARTICULOS A REFORMAR OBSERVACIONES
27 de enero de 1970 Gustavo Díaz Ordaz 17 y 19 Art. 17.- Establece los requisitos para poder otorgar las concesiones de radio y televisión, previa autorización del Ejecutivo Federal.
Art. 19.- Incrementa los montos de garantía en las concesiones. El depósito de mínimo cinco mil a máximo doscientos cincuenta mil pesos, mismos que anteriormente eran de cinco mil a cincuenta mil pesos.
31 de diciembre de 1974 Luis Echeverría Álvarez 101, 103 y 104
Se adiciona el artículo 104 bis Art. 101.- Se adicionan las Fracciones XXI, XXII, XXIII y XIV; mismas que se refieren a las infracciones por no acatar las disposiciones sobre las transmisiones que el Ejecutivo a través de la Secretaria de Gobernación deba realizar.
Art. 103.- y Art. 104.- Determina los montos de las multas que se impondrán si se incumplen las fracciones señaladas.
Art. 104 bis.- Habla de la sanción que se aplicaría a quien hiciera uso de una estación de radio difusión sin contar con la concesión o permiso. (perdería en beneficio de la nación los viene muebles e inmuebles destinados a su operación)
10 de noviembre de 1980 José López Portillo 9 fracción II, 18, 19, 30 fracción III Art. 9.-
II.- Faculta a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes para declarar el abandono del trámite de solicitudes de concesión o permiso.
Art. 18.- Se establece un aumento en el depósito o fianza e integra la procedencia del abandono cuando no se cumplan con los requisitos establecidos.
Art. 19.- Establece que la Secretaria estudiara casa solicitud efectuada para un mismo canal y calificara el interés social y determinara cuál de ellas debe de seleccionarse.
Art. 30.-
III.-Se refiere a cuando no se exhibe la garantía requerida en el artículo 19.
11 de enero de 1982 José López Portillo 10 fracción II y 11 fracción IV
se adiciona el artículo 59 bis y 65 Art. 10.-
II.- Marca que se debe de vigilar que las transmisiones dirigidas a la población infantil propicien el desarrollo armónico.
Art. 11.-
IV.- Establece que se deben de difundir programas de carácter educativo y recreativo para la población infantil.
Art. 59 bis.- Determina las condiciones sobre las cuales las estaciones de radio y televisión deberán dirigir los programas enfocados a la población infantil
Art. 65.- Puntualiza que las transmisiones a que hace referencia en el artículo 59 bis no debe de incitar a la violencia o a los malos hábitos alimenticios.
13 de enero de 1986 Miguel de la Madrid Adiciona el artículo 106 Art.106.- Marca el monto de las sanciones que se aplicaran respecto al incumplimiento en lo previsto por el título sexto, a razón de un día por
...