Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN)
Enviado por Delock • 9 de Mayo de 2014 • Práctica o problema • 418 Palabras (2 Páginas) • 432 Visitas
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN)
La CUFIN es una cuenta que nos sirve para conocer las utilidades que se reparten a los socios, las cuales no generan impuestos, debe ser calculada por todas las personas morales. No causa impuesto puesto que representa utilidades que ya han pagado impuesto aunque si es acumulable para el socio, se puede acreditar el impuesto sobre el valor del dividendo.
La obligación de calcularlo viene establecido en el artículo 88 de la LISR el cual establece que CUFIN se adicionará con la utilidad fiscal neta del ejercicio. Esta UFIN siempre partirá del resultado fiscal que obtenga la empresa en el ejercicio de que se trate y se le restara el ISR pagado en el ejercicio, y las partidas no deducibles con excepción de provisiones de activo o pasivo y reservas de pagos al personal establecidas en las fracciones VIII y IX del artículo 32 de la ley de ISR.
En caso de que el cálculo donde el resultado del párrafo anterior pueda dar negativo, dicho concepto la ley lo define como UFIN negativa y tendrá que restarse del saldo existente de CUFIN o en su caso de las UFINES determinadas en los siguientes ejercicios.
La CUFIN puede verse incrementada por dividendos percibidos por otra persona moral residente en México y por ingresos, dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes; y se disminuirá en su caso con los dividendos distribuidos, o por la distribución a que se refiere el artículo 89 de la ley(Reducción de capital) que establece los lineamientos respectivos al reembolso de capital.
¿cómo se calcula?
El saldo de la cuenta prevista en este artículo que se tenga cada último día del ejercicio, sin incluir la utilidad fiscal neta del mismo, se actualizara por el periodo comprendido desde el mes en que se efectuó la ultima actualización y hasta el ultimo mes del ejercicio de que se trate. Cuando se distribuya o se perciban dividendos o utilidades con posterioridad a la actualización prevista en este párrafo, el saldo de la cuenta que se tenga a la fecha de distribución o de percepción se actualizara por el periodo comprendido desde el mes que se efectuó la ultima actualización hasta el mes en el que se distribuya o se perciban los dividendos o utilidades.
Fórmula:
Utilidad fiscal Neta de cada ejercicio
+ Dividendos percibidos personas morales residentes en México
+ Dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes
+ Dividendos o utilidades pagados
= Saldo final de la CUFIN
donde
Resultado fiscal del ejercicio
(-menos) ISR pagado
(-menos) importe de las partidas no deducibles
=UFIN del ejercicio.
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