Cuál es la diferencia entre un contrato de trabajo y un contrato de prestación de servicios
Enviado por pedroerez • 10 de Marzo de 2015 • Trabajo • 1.186 Palabras (5 Páginas) • 281 Visitas
¿Cuál es la diferencia entre un contrato de trabajo y un contrato de prestación de servicios?
Para que exista contrato de trabajo deben concurrir los siguientes elementos:
a) La actividad personal del trabajador, es decir realizada por el mismo.
b) La continuada subordinación del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato.
c) Un salario como retribución del servicio.
Reunidos estos tres elementos se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé, ni de modalidades que se le agreguen (Art. 23 del C.S.T.).
Se presume que toda relación de trabajo personal esta regida por un contrato de trabajo. Al respecto la Corte Suprema de Justicia ha expresado: “Si existe siquiera como posibilidad la atribución para que el patrono de ordenes y para el trabajador la obligación correlativa de acatarlas hay subordinación jurídica que es nota distintiva del contrato de trabajo”.
Según el principio de la primacía de la realidad, uno de los fundamentales en el derecho del trabajo, en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de documentos o acuerdos, debe darse preferencia a lo primero, es decir a lo que sucede en el terreno de los hechos.
Los elementos y presupuestos descritos, bien pueden distinguir el contrato de trabajo del resto de contratos que impliquen la prestación de un servicio.
A diferencia del contrato de trabajo, el contrato de prestación de servicios se caracteriza por:
• La prestación de servicios versa sobre una obligación de hacer para la ejecución de labores en razón de la experiencia, capacitación y formación profesional de una persona en determinada materia, con la cual se acuerdan las respectivas labores profesionales.
• La autonomía e independencia del contratista desde el punto de vista técnico y científico, constituye el elemento esencial de este contrato.
• La vigencia del contrato es temporal y, por lo tanto, su duración debe ser por tiempo limitado.
• Su forma de remuneración es por honorarios.
• No se genera en estos contratos ninguna relación laboral y por ende no hay lugar al pago de prestaciones sociales.
• La afiliación al sistema integral de seguridad social se debe realizar como trabajador independiente, esto es, asume la totalidad de las cotizaciones.¿Cuál es la diferencia entre un contrato de trabajo y un contrato de prestación de servicios?
Para que exista contrato de trabajo deben concurrir los siguientes elementos:
a) La actividad personal del trabajador, es decir realizada por el mismo.
b) La continuada subordinación del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato.
c) Un salario como retribución del servicio.
Reunidos estos tres elementos se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé, ni de modalidades que se le agreguen (Art. 23 del C.S.T.).
Se presume que toda relación de trabajo personal esta regida por un contrato de trabajo. Al respecto la Corte Suprema de Justicia ha expresado: “Si existe siquiera como posibilidad la atribución para que el patrono de ordenes y para el trabajador la obligación correlativa de acatarlas hay subordinación jurídica que es nota distintiva del contrato de trabajo”.
Según el principio de la primacía de la realidad, uno de los fundamentales en el derecho del trabajo, en caso de discordancia entre
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