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Cálculo del ISR sobre la liquidación


Enviado por   •  24 de Marzo de 2015  •  Tarea  •  478 Palabras (2 Páginas)  •  391 Visitas

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3.-Cálculo del ISR sobre la liquidación

3.1 Determinación de la tasa de ISR aplicable

Ultimo sueldo Mensual ordinario $ 6,800.00

ISR correspondiente al último sueldo $529.00

529 / 6800 = 7.78% Tasa del Impuesto para la liquidación

3.2 Cantidad exenta del pago de ISR

Conforme a la LFT se consideran hasta 90 SMGD por año de trabajo como proporción exenta ( Para LISR la proporción exenta es sobre 2 años )

$57.46 x 90 = $5,171.40 x 2 años = $ 10, 342.80

Subtotal liquidación $32,574.84

- proporción exenta de ISR $10,342.80

=Total base gravable del impuesto $22,232.04

x tasa de ISR 7.78%

= ISR de la liquidación $ 1,729.65

Finiquito

4.- Cálculo de Vacaciones y Prima vacacional

En el entendido de que el trabajador disfrutó del periodo correspondiente al 1er año de servicio, nos abocamos exclusivamente al cálculo para el 2do año laborado.

De acuerdo con LFT corresponden 8 dias por el 2do año de trabajo, asi mismo omitiremos el descuento por inasistencias, permisos, incapacidades, y otros conceptos que pudieran afectar directamente a este rubro, por lo que se procedió a hacer el cálculo de la parte proporcional

Vacaciones

8 / 360 = 0.0223 x 300 dias = 6.70

Sueldo diario $226.66 X 6.71 dias = $ 1,520.89

Prima vacacional

$ 1,520.89 X .25 = $ 380.22

Prima vacional a pagar = $ 380.22

5.- Cálculo de Aguinaldo

El aguinaldo se calcula por año, del 1 de enero al 31 de dic de cada año, en el caso que nos ocupa el cálculo corresponde a la parte proporcional de 2010

El minimo a pagar conforme a la LFT es de 15 dias por un año completo laborado.

Periodo laborado en el año 2010 del 1ero de enero al 15 de febrero = 46 dias.

La proporción por dia trabajado se determinó de la siguiente manera:

15/365 = .0410959 X 46 = 1.8904 dias a pagar de aguinaldo X $226.66 = $ 428.48

Parte proporcional de aguinaldo = $428.48

Parte propocional de aguinaldo $ 428.48

Vacaciones $1,520.89

Prima vacacional $ 380.22

Total de finiquito $2,329.59

6.- Cálculo del ISR sobre el Finiquito

Parte proporcional de aguinaldo $ 428.48

+Parte proporcional de vacaciones $1,520.89

+Prima vacacional $ 380.22

=Subtotal Finiquito $2,329.59

Deducciones :

Conforme a lo dispuesto en la LISR de los conceptos anteriores solo se tiene con exención del impuesto la parte proporcional de aguinaldo y Prima vacacional $ 808.70

+Sueldo total del mes $6,800.00

=Total base grabable para Finiquito $8,320.89

Tabla Artículo 113 de ISR

Base gravable del finiquito $8,320.89

- Límite inferior $7,399.43

= Excedente del límite inferior $920.74

x % s/ excedente límite

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