DEL LOS DELITOS Y LAS PENAS
Enviado por laesfinge • 1 de Abril de 2019 • Ensayo • 3.632 Palabras (15 Páginas) • 156 Visitas
DEL LOS DELITOS Y LAS PENAS
¿Queréis prevenir los delitos? Haced que la ilustración acompañe a la libertad. Los males que nacen de los conocimientos están en razón inversa de la difusión de los mismos, y los bienes lo están en razón directa. (Beccaria)
Beccaria al igual que muchos genios adelantados a su época pudo leer la realidad política de una estructura social rígida donde prima la alta burocrática, y el ámbito jurídico penal y penitenciario era primitivo caracterizado por ser oscuro, irracional, desproporcional, injusto, tiránico, individualista, propio de una época inquisitiva donde el individuo no tenía garantía alguna, y buscar y tener un culpable prevalecía por encima de la búsqueda de la verdad, Beccaria pudo visualizar las carencias políticas, económicas, penales y penitenciarias de la época y estructurar su propia forma de pensamiento, sentado las bases del derecho penal actual donde el individuo tiene garantías, la pena es proporcional y racional al delito; incluso pudo visualizar el ideal de un proceso penal.
En el libro “tratado de delitos y penas” el cual consta de 42 capítulos, los primeros ( I al IX) están relacionados con el acuerdo social propuestos por Rousseau donde los hombres estipulaban las responsabilidades de gobernar en pro de la sociedad, cediendo una porción mínima de su libertad, estas primeras uniones conllevaron a la creación de otras; este pacto según Beccaria se convirtió en alianzas casuales de una necesidad pasajera a partir de la pasión de unos pocos, generando unas consecuencias la primera es que gran parte de esta minoría es la encargada de legislar lo que lleva inmerso el decreto de las penas de los delitos.
La tercera consecuencia es cuando se probase que la atrocidad de la pena fuese opuesta al bien público y al fin mismo de impedir los delitos, a lo menos inútil, también en ese caso sería no solo contraria a aquellas virtudes benéficas que son efecto de una razón iluminada que prefiere mandar a hombres felices más que a una tropa. La cuarta consecuencia es que la autoridad de interpretación de las leyes no solo puede caer en los jueces por la misma razón que no son legisladores, los jueces no reciben las leyes como una tradición, sino que las reciben de una sociedad vigente o de un soberano, es por esto que no sabemos cuál es el verdadero interprete, el soberano o el juez cuyo oficio se convierte en examinar los comportamientos.
En todo delito se debe hacer un razonamiento lógico por parte del juez, el cual deberá poner por delante la ley mayor y por menor la acción conforme o no con la ley, la cual tendrá como consecuencia la libertada o la pena. No existe nada más peligroso que la mala interpretación de la ley dado que se entraría a tratar de interpretar lo que quiso decir el legislador a la hora de crearla y se aplicara según lo considerado o interpretado por el juez, ejemplo claro de ello es simplemente analizar cuantas personas son juzgados por el mismo delito y la sentencia o condena es diferente, todo esto debido a que dependería de la interpretación dada por el juez a la ley diseñada por el legislador.
Si se dice que es malo interpretar una ley es mucho más malo que la ley sea oscura y se maneje en un lenguaje que no sea entendible o fácil de interpretar por la gente del común y en su lugar solo unos pocos o quienes fueran expertos en el tema pudieren interpretarla que dejando de ser un libro público y solemne se convirtiera en un libro privado y doméstico de esta manera entre más personas tengan conocimiento sobre las leyes y más normal para ellos sea interpretar un código lo cual ayudara a disminuir la comisión de los delitos debido a que muchas veces la ignorancia el desconocimiento es lo que lleva al actuar delictivo por otro lado lo que consolida el gobierno son las leyes escritas las cuales generan seguridad jurídica.
El hecho que un ejecutor de leyes (magistrado, juez) sea quien tenga la faculta de aplicar penas, puede convertirse en un grave error puesto que puede privar de la libertad a un enemigo y dejar sin castigo a un amigo, pese a tener los indicios más graves en su contra. La prisión es una pena que debe preceder a los delitos, la ley es la única que puede dictar cuando un hombre es digno de esta pena, la aplicación de la sanción debe estar contenida en un código y no debe aplicarse al arbitrio del juez. A medida que se moderen las penas y se mejoren las condiciones de la cárcel, podrán estas servir para condenar todo tipo de acontecimientos incluso indicios menores, un hombre preso y absuelto que justifique su inocencia no debería retener nota alguna para evitar de esa manera el reproche social, en el presente sistema criminar prevalece la idea de la fuerza y la prepotencia de la justicia porque la prisión se convirtió esencialmente en un castigo.
Entre los capítulos X al XVIII abarca las costumbres utilizadas en el sistema penal caracterizadas por ser crueles, Irracionales e injustas entre estas costumbres encontramos los juramentos y preguntas capciosas, la tortura, y la pena de muerte, en primer lugar los juramentos son una contradicción entre las leyes y los sentimientos del hombre, pues de nada sirve un juramento si el fin es salir perjudicado, por lo tanto siempre va ser más importante el propio bienestar por encima del juramento, de igual forma las leyes del cielo son diferentes a las que rigen en la tierra entonces porque combinar y colocar al sujeto en una situación de faltar a su dios y religión. Por lo que actualmente el juramento es una simple formalidad, pero no garantiza que un sujeto vaya a decir la verdad. Junto a los juramentos es una ambivalencia del sistema penal que durante el juicio o indagatoria no se realicen preguntas que llevaran al acusado a auto incriminarse, sin embargo, existe la tortura donde la aplicación de la fuerza excesiva haría incriminarse al sujeto de constitución física frágil pudiendo ser este inocente y al de constitución robusta y fuerte resistir tal tortura y salir ileso de la situación siendo este culpable.
En la misma línea el proceso penal es inequívoco a la hora de no respetar el silencio del acusado, debido a que la experiencia y la historia sugieren que es muy probable que este no confíense su delito, por lo tanto, se debería respetar su silencio y no adjudicarle una sanción de más, teniendo en cuenta que generalmente la culpabilidad de un sujeto se demuestra por las pruebas, incluso se utiliza un teorema para corroborar la certidumbre de un hecho por ejemplo las fuerza del indicio de un delito, Cuando las pruebas del hecho son dependientes una de la otra cuanto mayores prueba se presente menos es la posibilidad de él implicado, porque al faltar una de las pruebas la otra pierde su validez y Cuando el número de pruebas depende todas de una sola el número no aumenta el valor del de hecho porque, todo lo que se anexe dependerá solo de una y Cuando son independientes una prueba de la otra entre mayor cantidad de pruebas se presentan es más la posibilidad del hecho dado que la certeza de una prueba no depende de la otra para tener validez.
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