DEMANDA LABORAL DE REINTEGRO POR DESPIDO ILEGAL E INJUSTO
Enviado por Roberto Carlos Zuniga • 10 de Noviembre de 2016 • Tarea • 1.413 Palabras (6 Páginas) • 414 Visitas
[pic 1]
SIMULACION JUDICIAL
DEMANDA LABORAL DE REINTEGRO POR DESPIDO ILEGAL E INJUSTO
ABOGADA GABRIELA FIGUEROA
INTENGRANTES: HAYDI STEFHAN VELASQUEZ ANTUNEZ:
NOE GUARDADO RIVERA:
MAINOR ALBERTO CARDONA RODRIGUEZ:
ROBERTO CARLOS ZUNIGA: 41311307
AULA: 219
LA CEIBA ATLANTIDA LCE. V 2016
DEMANDA ORDINARIA LABORAL DE EMPLAZAMIENTO PARA LA JUSTIFICACION DE UN DESPIDO, CASO CONTRARIO SE DECLARE ILEGAL E INJUSTO.- SE ALEGA PARA EL FONDO DEL JUICIO PRESCRIPCION DE LA ACCION.- REINTEGRO AL CARGO EN IGUALES O MEJORES CONDICIONES A TITULO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.- PAGO DE LO SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR CON SUS RESPECTIVOS INCREMENTOS DE SALARIOS.- PAGO DE BONIFICACIONES SALARIALES CONCEDIDAS, DECIMOTERCER, DECIMOCUARTO MES DE SALARIO LOS AUMENTOS Y DEMAS CONQUISTAS EN MI AUSENCIA.- COSTAS DEL JUICIO.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS PETICION Y PODER.
JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO, LA CEIBA.
Yo MAINOR ALBERTO CARDONA RODRIGUEZ, mayor de edad, soltero, secretario ejecutivo, Hondureño y de este domicilio, con dirección en la Colonia casa blanca bloque r, casa 22, Ciudad de La Ceiba Atlántida, con todo respeto comparezco ante el Juzgado a su digno cargo promoviendo DEMANDA ORDINARIA LABORAL; demanda que dirijo contra la ALCALDIA MUNICIPAL DE LA CEIBA DEPARTAMENTAL DE ATLANTIDA, para que la conteste a través de la Sra. KAERLYN LETICIA GOFF SEVILLA, En su condición de Alcalde Municipal o su apoderada legal la Señora KENIA ROXANA DOMINGUEZ RIVERA quien es mayor de edad, casada licenciada en derecho, hondureña, de quien ratifico bajo juramento indecisorio desconocer su residencia personal sin embargo a fin de que sea citada y emplazada pueda ser localizada en la ALCALDIA MUNICIPAL DE LA CEIBA, demanda que fundo en los hechos omisiones y consideraciones legales siguientes.
HECHOS Y OMISIONES.
PRIMERO: MAINOR ALBERTO CARDONA RODRIGUEZ, inicie mi relación laboral en fecha 24 de enero del año 1997, en el puesto de secretario, devengando un salario mensual de Lps. 6,660.00, el promedio de salario obtenidos en los últimos seis meses incluyendo el aguinaldo, décimo cuarto mes, bonificación sobre vacaciones, bonificación habitual será establecido mediante inspección del Sr. juez con su secretario de actuaciones.
SEGUNDO: Con fecha19 de febrero del 2009 recibí memorándum de parte de la Señora KAERLYN LETICIA GOFF SEVILLA en su condición de Alcalde municipal que en su parte medular establece: Que mediante Acuerdo No.045 contenido en el Acta Ordinaria No.016 de fecha diez de diciembre de dos mil ocho. En cumplimiento a lo establecido en el Articulo 64 y 100 de la Ley de municipalidades y del Decreto No 149/97, de diciembre de 1997 emitido por el Soberano Congreso Nacional, Articulo 95 numeral 19 del Código del Trabajo. Se da por terminada su relación de trabajo, efectiva a partir de 20 de Febrero de 2009 existente entre su persona y esta institución.
TERCERO: Emplazo a la ALCALDIA MUNICIPAL DE LA CEIBA DEPARTAMENTAL DE LA CEIBA para que justifique mi despido por ser ilegal e injusto por lo siguiente, por haber violado el patrono el procedimiento establecido en el Contrato Colectivo de condiciones de trabajo en relación con el articulo 92 numeral 9 del Código del Trabajo y las garantías y derechos constitucionales del derecho debido proceso y el derecho de defensa.
LO QUE SE DEMANDA.
Demando y emplazo a la ALCALDIA MUNICIPAL DE LA CEIBA DEPARTAMENTAL DE ATLANTIDA por medio de la señora ALCALDE MUNICIPAL y su representante Legal Abogada KENIA ROXANA DOMINGUEZ RIVERA para que justifique las causas en que fundó mi despido, que pruebe que observo previo a mi despido el procedimiento establecido en el contrato colectivo como paso previo para haberme despedido es decir haber sido escuchado en una audiencia de descargo con asistencia del delegado sindical, que previo a mi despido se emitió alguna resolución por parte de la Dirección General del Trabajo es decir justificando la causa de la pérdida de confianza, que pruebe no haber dejado de prescribir la acción para haberme despedido, Articulo 863 del Código del Trabajo, caso contrario se declare ilegal e injusto el despido y se condene a reintegrarme al cargo en iguales o mejores condiciones a título de daños y perjuicios; los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que sea firme la sentencia condenatoria respectiva, con sus respectivos incrementos de salario concedidos a los demás trabajadores en mi ausencia, las bonificaciones salariales concedidas, las vacaciones y su bonificación, el aguinaldo el décimo cuarto mes de salario y demás conquista a futuro lograda mediante la convención colectiva y las costas del juicio.
...