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DEMANDA LABORAL MARTINEZ SANCHEZ FRANCISCO FERNANDO


Enviado por   •  29 de Abril de 2017  •  Práctica o problema  •  3.262 Palabras (14 Páginas)  •  335 Visitas

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HERNANDEZ GARCIA GEORGINA

                                                                                      VS.

 MARTINEZ SANCHEZ FRANCISCO FERNANDO

EXPEDIENTE 1751/2015

                                                                    DIVORCIO INCAUZADO.

                                                                     SECRETARIA “A”

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA CD. DE MEXICO.

JUZGADO 41° DE LO FAMILIAR.

M. en D. CARLOS RODRIGUEZ MARTINEZ.

Juez de lo Familiar.

MARTINEZ SANCHEZ FRANCISCO FERNANDO, por mi propio derecho con domicilio para oír, recibir, despachar y atender cualquier tipo de notificaciones, el ubicado en AV. REVOLUCION NUMERO EXTERIOR 122, EDIFICIO “G” DEPARTAMENTO 204, DE LA COLONIA TEPALCATES, DELEGACION IZTAPALAPA, CODIGO POSTAL 09210, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO, autorizando para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos e imponerse de autos al Lic. En Derecho Arturo Domínguez, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx , ante usted C. Juez con el debido respeto comparezco para exponer:

Que estando en tiempo y forma vengo a dar contestación a la falaz demanda de Divorcio Incauzado y propuesta de convenio, instaurada por la C. Georgina Hernández García; procediendo a realizarlo en los siguientes términos:

CONTESTACION A LOS HECHOS.

  1. El correlativo que se contesta es cierto en virtud de que efectivamente contrajimos matrimonio en la fecha que precisa la demandante.
  1. El correlativo que se contesta es cierto en virtud de que efectivamente procreamos dos hijos de nombres DIEGO FERNANDO quien a la fecha tiene la edad de 21 años y está matriculada en la Facultad de Derecho en Ciudad Universitaria en el Séptimo Semestre con un alto promedio académico y solo se dedica a estudiar y RODRIGO ALEJANDRO quien a la fecha tiene 17 años y está matriculado en la Preparatoria número 2, ambos de apellidos MARTINEZ HERNANDEZ.
  1. El correlativo que se contesta es cierto ya que efectivamente corresponde al domicilio en el que habitábamos, mismo que con antelación al matrimonio había adquirido bajo crédito hipotecario.
  1. El correlativo que se contesta es cierto ya que efectivamente el matrimonio se celebró bajo el régimen de “Sociedad Conyugal”.
  1. El correlativo al punto cinco es completamente falso en todo su contenido ya que la verdad de los hechos y bajo protesta de decir verdad y debidamente asesorado de la responsabilidad en la que se incurre cuando se declara en falsedad ante la autoridad competente, acontecieron de la siguiente forma:

Siendo las 23.30 horas del día 10 de Septiembre del año 2015, llego la demandante  a su decir de asistir al encendido de las luces conmemorativas del 15 de septiembre de ese año ya que presta sus servicios para un partido político con banderas amarillas desde hace más de tres años ya que con frecuencia se iba uno o dos días a la semana a prestar sus servicios para este ente jurídico, avisando desde un dia antes “Que tenia que ir, por que asi se lo había indicado su jefa de nombre Marcela” y de la cual desconozco sus apellidos por lo que la demandante lo podrá proporcionar si fuese necesario.

Una vez que la señora arribó y cuestionada por sus hijos por el horario ella contesto “que hasta esa hora se habían desocupado” procediendo a pedirle a nuestro menor hijo le ayudara a recuperar memoria en su celular ya que no había podido tomar más fotos, acto seguido, nuestro menor hijo procedió a revisar el celular para proceder a lo solicitado dando como resultado que en su momento mi hijo le reclama en forma airada a su madre sobre el contenido de unas fotografías que se contenían en el celular procediendo la señora en forma violenta a querer recuperar su aparato telefónico al mismo tiempo nuestro otro hijo se acerca a ver las fotos (cabe hacer mención que el demandado nunca vio las fotos en cuestión), ocasionando que ambos reclamaran a su madre sobre las fotografías,  después de más de  dos horas de acalorada discusión entre ellos tres la demandante arrebata el celular a su hijo mayor y procede a introducirlo en su busto para que ya no siguieran viendo las demás fotos.

Ante esta situación procedí a pedirle a la señora que les dejara ver bien el celular a sus hijos para que se convencieran de que no había infidelidad alguna procediendo a decirme “que me fuera a chingar a mi madre, que la dejara en paz”, ante esto mis hijos le piden más aclaraciones procediendo ella a decirles textualmente “QUE SI ANDABA CON OTRO HOMBRE Y QUE ERA FELIZ, QUE LA DEJARAN EN PAZ YA QUE ELLA QUERIA SER FELIZ Y QUE SE IBA DE LA CASA” por lo que mis hijos atónitos y ofendidos por la conducta de su progenitora, proceden a arrojarle su ropa para que se fuera como era su deseo, procediendo ella a hablarle a su hermano mayor para que fuera por ella y sus cosas mismas que ya había introducido en bolsas que tenia previamente preparadas (ya que en el domicilio en el que cohabitábamos no usamos en ningún momento bolsas gigantes de color negro) en la camioneta de su hermano, presentándose el mismo aproximadamente a las 3 de la mañana del día 11 de Septiembre del mismo día y año, cabe mencionar que mientras mis hijos estallaban en lágrimas ella aprovecho para sustraer de la casa dinero, alhajas consistentes en tres pulseras del demandado, cuatro anillos y una esclava de dos hilos con un centenario propiedad de mi madre que se iba a utilizar para arreglar un asunto legal sobre un bien inmueble, así mismo la demandante se llevó la bocina y hasta la grabadora de la casa pasando por la máquina de coser y otros enseres, terminando toda esta incómoda situación cerca de las cuatro de la mañana, cabe mencionar que al retirarse intento apoderarse de la mascota de mis hijos por lo que intervine y después de forcejear le arrebate a la mascota ya que mis hijos ya iban sobre ella para quitársela.

Es de destacar que el demandado y firmante de la presente es una persona discapacitada en ambas piernas hecho que comprobare en su momento, con un peso de 63 kilos y con una edad de 59 años, por lo que es imposible que físicamente la pueda “arrojar a la calle” como falacemente lo menciona, ya que la demandante es una persona corpulenta con un peso cercano o ligeramente superior a los 100 kilos y de estatura mayor que el demandado, así mismo si mi relatoría no fuera cierta mis hijos hubieran impedido que “arrojara a la calle a la demandante” ya que el mayor tiene una estatura aproximada a los 1.80 metros y un peso de casi cien kilos y el menor que cabe mencionar también es discapacitado hecho que también se comprobara en su momento oportuno, tiene una estatura aproximada a los 1.70 metros y un peso de 65 kilos por lo que fácilmente me hubieran sometido si los hechos se hubieran suscitado como falazmente lo indica la demandante, esto lo puedo comprobar con fotografías de mis hijos, si su señoría lo considera pertinente.

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