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DEMANDO DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO.


Enviado por   •  9 de Mayo de 2016  •  Trabajo  •  1.067 Palabras (5 Páginas)  •  264 Visitas

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EXPEDIENTE Nº :

SECRETARIO :

ESCRITO Nº : 01

DEMANDO DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN FAMILIA

ELVIS MANUEL JARA PONTE, identificado con D.N.I. Nº. 24440406, con domicilio real en Urb. Covicorti Mz. E 3 Lote 5, y domicilio procesal en Ayacucho N° 302, de la ciudad de Trujillo. Ante Ud. con respeto digo:

I.- NOMBRE Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA DE LA DAMANDADA

TILSA JHOAN PEREZ GUTIERREZ; con domicilio real en la Urbanización la Merced Mz. P4 - lote 6, de esta ciudad.

II.- PETITORIO.

Recurro a su despacho a fin de interponer demanda de divorcio por la causal de separación de hecho

Cumplo con acumular a la pretensión de DIVORCIO las de:

A) Con Relación A Los Cónyuges:

1.- Obligación alimenticia entre los cónyuges (Artículo 350 del Código Civil), por el divorcio cesa la obligación alimentaria entre marido y mujer y así debe ser declarado por su despacho.

2.- Fenecimiento de la sociedad de gananciales (Artículo 318 inciso 3 y Artículo 319 del Código Civil) y perdida de los gananciales (Artículo 352 del código Civil), con respecto al primer punto solicito su respectiva Inscripción en los Registros de Estado Civil. Con respecto a la pérdida de los gananciales he de señalar Señor Juez que durante nuestro matrimonio, no hemos adquirido bienes en común.

3.- Pérdida de derechos hereditarios (Artículo 353 del Código Civil), los cónyuges pierden el derecho de heredar entre sí.

B) Con relación a los hijos: he de señalar que durante el tiempo que estuve casado con la demanda no procreamos hijos.

III.- HECHOS EN QUE LOS QUE SE FUNDAMENTA EL PETITORIO :

1. Que, con fecha 26 de Abril del año 2007, contraje matrimonio civil con la demandada, en la Municipalidad Distrital de la Esperanza, cabe señalar señor juez que durante el tiempo que estuve casado con la demandada no procreamos hijos.

2. Que, el día 23 de Diciembre del año 2007 me separe de mi conyuge, retirándonos de nuestro hogar conyugal, y a la fecha no sostengo relación marital con la demandada y no pretendo volver hacerlo, es así que desde el 03 de Enero del 2008 vengo arrendando una casa ubicada en la Urb. Covicorti Mz. E 3 Lote 5.

3. Que, a la actualidad la demudada y mi persona llevamos 4 años separados, en los cuales no hemos vuelto hacer vida conyugal juntos.

IV.- FUNDAMENTACION JURÍDICA

 CÓDIGO CIVIL

- Artículo 318 inciso 2.- Prescribe como causal de fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales al divorcio.

- Artículo 318 inciso 3.- Señala que el divorcio pone fin a la sociedad de gananciales.

- Artículo 319.- En tanto refiere que la sociedad de gananciales fenece desde el momento que se produce la separación.

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