DERECHO CIVIL Y MERCANTIL
Enviado por Dave Valerio Peña • 15 de Noviembre de 2019 • Ensayo • 1.573 Palabras (7 Páginas) • 214 Visitas
Dentro del marco legal se define como contrato a un acuerdo de voluntades que crea y transmite tanto derechos como obligaciones a todas las partes que intervienen en su creación. La legislación mexicana en el artículo 1793 del Código Civil de Ciudad de México define al contrato como: “el convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones”. Un contrato es también un acto jurídico, en el que pueden intervenir dos o más personas (partes) y tiene como finalidad a otorgar derechos y a su vez, generar obligaciones.
En las variadas ramas del derecho las situaciones se interpretan de manera diferente según la materia en la que se incluyan, a consecuencia de su naturaleza, por esto es que el derecho se divide en dos grandes ramas, que son el derecho público y el privado, siendo injerencia del segundo todo lo relacionado con el derecho civil y el mercantil.
Tomando en cuenta lo anteriormente expresado es entendible que cada contrato dependiendo si es mercantil (comercial) o civil, será diferente, por tanto, es necesario conocer las diferencias entre ambos y tenerlas claras para lograr obtener una visión de sus alcances legales, pues al ser de cualquiera de las ramas los hace distintos en cuanto a origen legal, su contenido y el procedimiento con el que se tiene que llevar a cabo su creación y seguimiento.
Diferentes documentos y autores señalan que, en cuanto a las leyes mexicanas, no existe una diferencia radical entre los contratos mercantiles y los civiles, pues mucho más allá de la finalidad del mismo y de la situación de las partes que intervienen, provienen de la misma proposición en algunas situaciones presentando diferencias en los modos de presentación de los contratos de cualquiera de las dos materias.
En México existe un régimen legal diferente para lo mercantil y lo civil que tienen convergencia en algunos puntos, tanto que se podría decir que hay situaciones en las que contratos mercantiles tienen su origen en el derecho civil, pero se manejan bajo las reglas de lo comercial pues alguna de las partes se puede declarar como comerciante o por existir una premisa comercial.
De manera general podemos expresar que las diferencias entre ambos contratos empiezan desde la jurisdicción a la que pertenecen cada uno de ellos en caso de litigio, siendo el contrato civil llevado en los tribunales de lo civil mientras que el mercantil en los tribunales de lo comercial; en referencia a los bienes de por medio en la compraventa en el civil puede ser sobre bienes muebles o inmuebles, mientras en el mercantil es exclusivamente sobre bienes muebles.
Es de gran importancia señalar que en el contrato civil no se pueden vender cosas ajenas, siendo esto permitido dentro de un contrato mercantil; en lo relacionado directamente con el proceso de compraventa, en el civil se estipula un intercambio de un bien por una cantidad específica de dinero, mientras que, en el mercantil, además de lo establecido en el contrato civil, se agrega una finalidad más, que es la lucrativa, es decir, obtener ganancias por dicho intercambio.
En cuanto a las partes que intervienen, dentro de un contrato civil ninguno de los involucrados son comerciantes, por lo tanto no es una actividad comercial, pero en el mercantil existen dos tipos de enfoques (subjetivo y objetivo), siendo el primero cuando una de las partes se dedica al comercio, mientras que el segundo se da si el objeto del contrato en sí, es la realización de actos comerciales.
Las leyes aplicables determinan también una diferencia entre ambos tipos de contratos en tanto que un contrato civil se rige por especialmente por el Código Civil además del Derecho Común y el mercantil es legislado por el Código de Comercio, donde se establecen todas las leyes en referencia a lo comercial.
Al referirse a un contrato civil, se maneja una contraprestación que poder ser monetaria o de trabajo en caso de tratarse de un servicio. En cuanto a los contratos comerciales, como se ha especificado, en todo momento existe la finalidad de obtener dinero, lo lucrativo. Podemos tomar como ejemplo los contratos por honorarios, los cuales son regidos por el derecho civil al pasar por alto el hecho de lucrar.
La mayor diferencia entre ambos contratos se expresa en el artículo 73, fracción X, de la Constitución, donde queda estipulado que es de injerencia federal todo lo relativo al derecho mercantil, mientras que todo lo relacionado con el derecho civil se reserva para cada una de las entidades federativas; por lo tanto, una situación mercantil la llevaría un juez federal mientras que una civil sería correspondiente a un juez local.
Según lo expuesto en el párrafo anterior, podemos decir que a pesar de tener ambos derechos como objeto un intercambio de bienes o servicios, la cuestión lucrativa es la que les dará esa gran diferencia, por eso en los contratos mercantiles se manejan los onerosos y en los de materia civil se manejan exclusivamente los gratuitos.
Otra diferencia en cuanto a su contenido y lo que cada uno de ellos abarca es en los diferentes tipos de contratos que se derivan de cada uno de ellos, así, tenemos que:
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