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DERECHO PENAL


Enviado por   •  22 de Diciembre de 2014  •  482 Palabras (2 Páginas)  •  151 Visitas

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Un ensayo sobre la relación existente entre el Derecho Penal y responsabilidad civil que se deriva del cometimiento de un delito.

La responsabilidad civil es la obligación que tiene el autor de un delito o falta de reparar económicamente los daños y perjuicios causados o derivados de su infracción. El objetivo de la responsabilidad civil es compensar a la víctima por los daños causados por lo que persigue un interés privado. Mientras que la responsabilidad penal es la consecuencia jurídica derivada de la comisión de un reconoce la distinción hecho tipificado en una ley penal por un sujeto imputable, y siempre que dicho hecho sea contrario al orden jurídico, es decir, sea antijurídico; además de punible. La relación entre la responsabilidad penal y la responsabilidad civil en el acometimiento de un delito ha mostrado una cierta preeminencia de la primera sobre la segunda tanto desde una perspectiva procesal como sustantiva. La responsabilidad penal y, en particular, la sentencia criminal producen efectos relevantes en la jurisdicción civil. Y, en segundo término, la identidad entre la culpa penal y la culpa civil no está exenta de consecuencias al momento de evaluar la influencia de lo criminal sobre la reparación de los daños. De ahí se debe analizar tres cuestiones, en primer lugar la preeminencia de la responsabilidad penal por sobre la civil, en segundo lugar, la identidad de la culpa penal y la culpa civil y, por último, la opción de responsabilidad. El ordenamiento jurídico entre la responsabilidad civil y la responsabilidad penal. Sin embargo, si bien existe un reconocimiento de dicha distinción, la legislación procesal establece una cierta preeminencia de la responsabilidad penal por sobre la responsabilidad civil. En efecto, la sentencia penal, según dispone el precepto citado, produce el efecto de cosa juzgada. La consecuencia más relevante consiste en que la víctima no deberá acreditar la culpa o dolo del agente del daño, quien ya ha sido considerado responsable, sino que deberá limitarse a acreditar la existencia del daño y su cuantía. Diversas son las relaciones que es posible constatar entre la responsabilidad civil y el nuevo proceso penal. No sólo en cuanto la responsabilidad penal presenta una preeminencia por el efecto de la sentencia criminal en el ámbito civil, sino por las restricciones que introduce la nueva normativa en cuanto a la legitimación activa y pasiva de la acción indemnizatoria. El sistema aparece más complejo al posibilitar el litigio de la indemnización de daños en sede penal sólo a la víctima directa y cumpliendo a las víctimas por rebote o los daños reclamados a personas jurídicas ante la jurisdicción civil. Así se pretende independizar la indemnización de los perjuicios del proceso penal, intentando circunscribir los problemas de dañosa en el ámbito civil cabe acotar que las responsabilidad civil con la responsabilidad penal se confabulan

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