DERECHO ROMANO - PERSONAS
Enviado por Diego A. Ome Sánchez. • 7 de Octubre de 2021 • Ensayo • 2.144 Palabras (9 Páginas) • 140 Visitas
DERECHO ROMANO - PERSONAS
Es una categoría jurídica (Toda el mundo es persona) – creación del derecho de todo ser que puede adquirir derechos y contraer obligaciones.
El régimen de personas tiene 3 estados fundamentales
- Estado de Libertad
- Estado de ciudadanía
- Estado de Familia.
ESTADO DE LIBERTAD Status Libertatis
Era la base de todos los derechos, el hombre que no era libre no era persona, se dividió en hombres Libres (podían tener estado de ciudadanía y familia) y Esclavos (era un Bien).
PERSONAS LIBRES
INGENUOS: Ser que nace libre y nunca ha sido esclavo
LIBERTOS -libertinos: El que hoy es libre pero que en algún momento fue esclavo.
Estado dos clases sociales nunca se casaban
PERSONAS ESCLAVAS
Eran considerados Bienes o cosas
Fuentes De La Esclavitud
- La principal la guerra el pueblo vencedor tomaba al vencido como esclavo.
- La de Nacimiento- el hijo de esclavo nace esclavo, no importaba que padre tuviera.
- Por deuda- el hombre libre que no paga el acreedor tiene derecho a tomarlo y venderlo esclavo.
Situación
- CONTUBERNIUM: No podían contraer matrimonio.
- No podían comprar, ni vender, ni tener bienes. (sus actividades económicas eran para su dueño).
- No era sujeto activo ni pasivo de acciones judiciales – nodia pedir derechos ni justicia.
MANUMISION acto jurídico por el dueño del esclavo le daba la libertad – lo hacía libre.
INGENUUS: Se le denominaba al hombre libre que jamás fue esclavo. – su condición jurídica y social era superior a la del liberto.
Tres Formas de dar la Libertad (ante el funcionario un amigo que decía que el esclavo era libre y el dueño no opinaba, Testamento, por la iglesia después de la ceremonia.)
ESTADO DE CIUDADANIA
Son ciudadanos y tienen derecho a:
IUS SUFRRAGII: Derecho a tomar parte en las decisiones de los comicios (votar)
IUS HONORUM: oportunidad de ser magistrado.
IUS CONNUBIO: Contraer matrimonio que sea válido y reconocido por el estado.
IUS COMERCII: poder comprar y vender de acuerdo al D. Civil de los romanos- que sea reconocida.
No ciudadanos:
PEREGRIMOS: extranjero residenciado en roma.
LATINOS: los demás habitantes de Italia
- LATINI VETERES – todos los pueblos dominados por Roma
- LATINI COLONIARI – habitantes de la colonias de Roma
- LATINI IUNIANI – libertos – a los que le dieron libertad para no matarlos porque eran revoltosos pero con condiciones de no volver a roma.
ESTADO DE FAMILIA
PERSONAS SUI UIRIS Y ALIENI IURIS
SUI UIRIS (PROPIO): Persona que manejaba su propio mundo del derecho – no necesitaban representación.
ALIENI IURIS (AJENO): Necesitaban representación- no manejaban el derecho.
Una persona es alieni iuris Sufre alguna potestad, un poder sobre ella.
- LA PATRIA POTESTAD:
- LA MANUS – en el matrimonio
- EL MANCIPIUM
NO ERA POTESTAD EL PODER DOMINICAL: poder sobre esclavos.
PATRIA POTESTAD
Es el poder que la norma le concedía al padre de familia tenía sobre su grupo familiar, en los bienes y el culto.
Estaban bajo la patria potestad
Hijos varones
Las hijas solteras
Descendientes legítimos por línea paterna.
Hijos adoptados por el pater familia
La mujer del pater familia
La Agnación: era la patria potestad sujeta a la patria potestad del jefe de familia o que lo estarían si este no hubiere muerto. (Vinculo de Parentesco Civil).
La cognación: Eran los parientes por sangre que no estaban o que no hubieran podido estar sometidos a la patria potestad. (Es el Parentesco consanguíneo)
ATRIBUTOS DE LA POTESTAD
La patria potestad se extiende a las personas y a los bienes del hijo de familia.
En cuanto a las personas el padre tenía poder absoluto o total podía (matarlos, venderlos, pegarles, casarlos)
En cuanto a los bienes el padre era dueño absoluto del patrimonio.
Pero a muerte de este los hijos que estaban bajo la patria potestad lo recogían en calidad de SUI HEREDES (herederos propios del patrimonio).
Para favorecer al hijo aparecieron los PECULIOS para el tema de la dignidad en lo económico
PECULIO PROFECTICIO: Conjunto de bienes que le entregaba al hijo para que aprendiera a comerciar, pero no podía disponer.
PECULIO CANSTRENCE: Bienes que el hijo podía conseguir a causa de la prestación del servicio militar y podía disponer el.
PECULIO CAUSICASTRENCE: son los bienes que adquiere por ser funcionario público o ejercicio de profesiones liberales (educación superior).
PECULIO ADVENTICIO: todos los bienes que el hijo adquiriera de fuente independiente al padre (herencias, donaciones).
Lo que determinaba la patria potestad era con la muerte del padre o del hijo.
FUENTES DE LA PATRIA POTESTAD
Patria potestad nace del matrimonio, la legitimación y la adopción.
PRIMERA FUENTE
EL MATRIMONIO: porque todos los hijos que nacían en matrimonio legitimo nacían bajo la patria potestad del padre, los hijos ilegítimos que nacían fuera del matrimonio nacían emancipados los padres no tenía autoridad sobre ellos.
...