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DERECHO SUCESORIO PRÁCTICA 4


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2015  •  Trabajo  •  1.533 Palabras (7 Páginas)  •  182 Visitas

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DERECHO SUCESORIO

PRÁCTICA 4

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SUPUESTO 1

El día 28 de agosto de 2015 Miguel Aranda, viudo, mediante testamento abierto otorgado ante notario público y tres testigos, dispuso de todos sus bienes, indicando lo siguiente:

"PRIMERO: Instituyo como legitimarios a mis hijos Alan, Juan Pablo y Nicolás.

SEGUNDO: Lego a mi hijo Alan, con cargo a mi cuarta de mejoras, $20.000.000.-.

TERCERO: Lego a mi hijo Nicolás, con cargo a mi cuarta de mejoras, el inmueble ubicado en calle Las Pimpinelas #1234, comuna de Providencia, Región Metropolitana, avaluado en $100.000.000.-.

CUARTO: Sin perjuicio de lo anterior, lego a Nicolás mi predio ubicado en San José de Maipo, Región Metropolitana, avaluado $20.000.000.-.

QUINTO: Lego a mi hijo Juan Pablo mi colección de antigüedades griegas, avaluada en $20.000.000.-

SEXTO: Lego a mi nieto Víctor, con cargo a mi cuarta de libre disposición, mi automóvil marca Chery, modelo IQ, año 2014, avaluado en $2.500.000.-.

SÉPTIMO: Lego a mi amigo Raúl, con cargo a mi cuarta de libre disposición, $5.000.000.-.

OCTAVO: Lego a Valeria, mi actual pareja, con cargo a mi cuarta de libre disposición, $10.000.000.-

NOVENO: Deseo que los $30.000.000.- que meses atrás desembolsé a Alan para el pago de su deuda con Banco Opulencia no se imputen a su legítima".

El día 15 de septiembre, Miguel falleció en un trágico accidente. A tal fecha, al causante le sobreviven sus dos hijos: Juan Pablo y Alan y sus cinco nietos: Andrea, hija de Juan Pablo, Hugo y Hernán, hijos de Alan y Ariel, Rafael y Víctor, hijos de Nicolás, quien falleció en accidente laboral el día 06 de septiembre de 2015.

Meses antes de otorgar el testamento, Miguel donó irrevocablemente a Alan la suma de $30.000.000.-, para que pagare una deuda, exigible a la fecha, que tenía con Banco Opulencia por un mutuo hipotecario. Días después, Alan pagó la deuda al banco con el dinero.

Tiempo atrás Miguel también había donado irrevocablemente a Alan $15.000.000.-, con el objeto de ayudarlo al financiamiento de un negocio inmobiliario.  

Por su parte, el día 27 de agosto de 2015 Miguel donó irrevocablemente a Juan Pablo $35.000.000.-, para que disfrutare sus merecidas vacaciones después de licenciarse en Derecho.

De los hijos del causante, solo Juan Pablo quiso ingresar a la universidad. Los gastos de la educación superior de Juan Pablo ascienden a $25.000.000.-.

Por último, Miguel regaló a Alan, con ocasión de su matrimonio, una cadena de oro perteneciente a su padre, avaluada en $2.000.000.-.  

El acervo líquido o partible del causante es de $255.000.000.-.

1. ¿Quiénes y en qué cuantía son asignatarios de Miguel? (6 puntos). Justifiquen su respuesta.

NOTA: El presente caso se evalúa de 0 a 6 y al resultado se le suma un 1 punto base.

SUPUESTO 2

El día 24 de marzo de 2012 falleció Juan Pérez. Al causante le sobreviven sus cuatros hijos: Agustín, Andrés, Carlos y Patricia, todos mayores de edad, y su hermana Antonia Pérez. Con fecha 20 de enero de 2012, a través de un testamento abierto otorgado ante notario público y tres testigos, Juan dispuso lo siguiente:

"PRIMERO: Instituyo como herederos legitimarios a mis hijos Agustín,Andrés y Carlos.

SEGUNDO: Instituyo como heredero de mi cuarta de libre disposición a mi hijo Andrés".

Ulteriormente, el día 25 de febrero de 2012, tras enterarse de que Agustín fue expulsado de la universidad por haber reprobado siete veces una misma asignatura y de que se había asistido ebrio a clases en al menos una ocasión, mediante testamento abierto otorgado ante notario público y tres testigos, Juan dispuso lo siguiente:

"PRIMERO: Desheredo a mi hijo Agustín en razón de haberse entregado completamente al alcoholismo, postergando sus estudios y obteniendo pésimas calificaciones".

Juan creía firmemente que el desempeño académico de su hijo se debía a que éste probablemente se había vuelto alcohólico, cuando en realidad Agustín solo asistió una vez ebrio clases, de vuelta de una fiesta, y su rendimiento académico se debía a una crisis vocacional.

Los cuatro hijos del causante se encontraban cursando sus estudios universitarios en Europa desde el año 2007, de manera que no tuvieron noticia del fallecimiento de su padre ni de la existencia de los testamentos.

De otro lado, Antonia cuidó a Juan durante sus últimos días, y supo de la existencia y del contenido de los testamentos de su hermano, y en aquel periodo le indicó que ella se encargaría de dar noticia a sus queridos sobrinos acerca de su fallecimiento y de los testamentos, en su oportunidad.

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