DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES SEGÚN EL CODIGO FISCAL
Enviado por mayeela • 1 de Septiembre de 2013 • 1.763 Palabras (8 Páginas) • 437 Visitas
MATERIA: APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE DERECHO FISCAL
TEMA: DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES SEGÚN EL CODIGO FISCAL
Derechos de los contribuyentes según el Código Fiscal de la Federación
Para lograr entender este tema tenemos que comprender primero la definición de las siguientes palabras:
Derecho: La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
Contribuyente: Es aquella persona física o jurídica con derechos y obligaciones, frente a un ente público, derivados de los tributos. Es quien está obligado a soportar patrimonialmente el pago de los tributos (impuestos, tasas o contribuciones especiales), con el fin de financiar al Estado.
Es una figura propia de las relaciones [derecho tributario tributarias] o de impuestos. Se determina y define en concreto de acuerdo con la ley de cada país. El contribuyente es, en sentido general, el sujeto pasivo en Derecho tributario, siendo el [sujeto activo] el Estado, a través de la administración.
Existen dos tipos de contribuyentes que son los siguientes:
Personas Físicas o Naturales
Persona Jurídica o Mora
PROMOCIONES: son todas aquellas solicitudes, trámites o requisitos que se piden ante Hacienda.
Ahora ya al ver comprendido las palabras anteriores lograremos entender de mejor manera el tema.
En el código fiscal se encuentran los derechos de los contribuyentes, los cuales se logran localizar en el Titulo II De los derechos y las Obligaciones de los contribuyentes en el Capitulo Único, artículos 18 al 20. A continuación se explicara cada uno de los artículos para lograr comprender de mejor manera los derechos:
Promociones en documentos digitales:
Artículo 18.- Toda promoción dirigida a las autoridades fiscales, deberá presentarse mediante documento digital que contenga firma electrónica avanzada. Los contribuyentes que exclusivamente se dediquen a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas que no queden comprendidos en el tercer párrafo del artículo 31 de este Código, podrán no utilizar firma electrónica avanzada. El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá determinar las promociones que se presentarán mediante documento impreso.
¿Qué son los documentos digitales?
Según el código fiscal de la federación el artículo 17-D menciona:
Se entiende por documento digital todo mensaje de datos que contiene información o escritura generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
Promociones; requisitos
Las promociones deberán enviarse por los medios electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a las direcciones electrónicas que al efecto apruebe dicho órgano. Los documentos digitales deberán tener por lo menos los siguientes requisitos
I. El nombre, la denominación o razón social, y el domicilio fiscal manifestado al registro federal de contribuyentes, para el efecto de fijar la competencia de la autoridad, y la clave que le correspondió en dicho registro.
II. Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción.
III. La dirección de correo electrónico para recibir notificaciones
Consultas y solicitudes de autorización
Artículo 18-A. Las promociones que se presenten ante las autoridades fiscales en las que se formulen consultas o solicitudes de autorización o régimen en los términos de los artículos 34, 34-A y 36 Bis de este Código, para las que no haya forma oficial, deberán cumplir, en adición a los requisitos establecidos en el artículo 18 de este Código, con lo siguiente:
I.- Señalar los números telefónicos, en su caso, del contribuyente y el de los autorizados en los términos del artículo 19 de este Código.
II.- Señalar los nombres, direcciones y el registro federal de contribuyentes o número de identificación fiscal tratándose de residentes en el extranjero, de todas las personas involucradas en la solicitud o consulta planteada.
III.- Describir las actividades a las que se dedica el interesado.
IV.- I ndicar el monto de la operación u operaciones objeto de la promoción.
V.- Señalar todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción, así como acompañar los documentos e información que soporten tales hechos o circunstancias.
VI.- Describir las razones de negocio que motivan la operación planteada.
VII. Indicar si los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción han sido previamente planteados ante la misma autoridad u otra distinta, o han sido materia de medios de defensa ante autoridades administrativas o jurisdiccionales y, en su caso, el sentido de la resolución.
VIII. Indicar si el contribuyente se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales, señalando los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión. Asimismo, deberá mencionar si se encuentra dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 de este Código.
EJEMPLO:
PROTECCION Y DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
Articulo 18-B. La protección y defensa de los derechos e intereses de los contribuyentes en materia fiscal y administrativa, estará a cargo de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, correspondiéndole la asesoría, representación
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