DERECHOS HUMANOS DERECHOS DEL NIÑO ADOLESCENTE Y DERECHOS DE LA MUJER
Enviado por rosaliakj • 24 de Octubre de 2011 • 1.887 Palabras (8 Páginas) • 1.786 Visitas
DERECHOS HUMANOS DERECHOS DEL NIÑO ADOLESCENTE Y DERECHOS DE LA MUJER
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 incluye avances importantes en materia de derechos humanos, los cuales se observan desde su preámbulo. En el artículo 2 de la Constitución se “propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Además en el artículo 23 se específica que “los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y la ley de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.” A continuación se resaltan algunos de los derechos humanos que se han desarrollado notablemente en el país gracias a la Constitución de 1999 y las políticas implementadas por el Estado desde su promulgación.
DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
La Constitución de 1999 establece, a lo largo de su Título III, un amplio marco de protección a los derechos humanos, tanto de aquellos contemplados en su propio texto como los que se encuentran en tratados, pactos o convenios internacionales. También de los que sean inherentes al ser humano, aunque no figuren expresamente en su texto (artículo 22).
La clasificación que establece la Constitución nacional define el lenguaje común de los derechos humanos en Venezuela:
• Derechos de nacionalidad y la ciudadanía.
• Derechos civiles.
• Derechos políticos.
• Derechos sociales y de las familias.
• Derechos culturales y educativos.
• Derechos económicos.
• Derechos de los pueblos indígenas.
• Derechos ambientales.
Además, la Constitución indica que los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y las leyes de la República (Disposiciones Generales del Título III, artículo 23). Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.
Interdependientes e indivisibles
Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
Iguales y no discriminatorios
La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás
DERECHOS DE LA MUJER
El derecho de la mujer es la garantía necesaria que tiene toda mujer, la igualdad de oportunidades para lograr la eliminación del maltrato basada en la fundamentación de la ley aprobatoria
Artículo 1. Esta Ley regula el ejercicio de los
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