ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DETERMINACION DE COMPETENCIA


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2015  •  Monografía  •  323 Palabras (2 Páginas)  •  391 Visitas

Página 1 de 2

DETERMINACION DE COMPETENCIA

1.- Ámbito Material:

  • Determino la materia (Ej. Mercantil)
  • Califico el hecho (Ej. Incumplimiento de contrato)

2.- Ámbito Temporal:

  • Determino la fecha del litigio, para analizar las normas vigentes al momento de suceder

3.- Ámbito Personal:

  • Domicilio de los litigantes

4.- Ámbito Territorial:

  • Lugar de presentación de la demanda
  • Domicilio de los bienes en litigio o cumplimiento de la obligación
  • Lugar en caso de pacto de sumisión tacita

5.- Análisis:

  • Compruebo si aplico 1º Reglamento Comunitario, 2º Convenio Internacional o 3º Normas Internas
  • Compruebo si hay foro exclusivo (Ej. Art. 24)
  • Compruebo si hay sumisión, autonomía de la voluntad (Ej. Art. 25, 26)
  • Compruebo, en caso de aun no determinar la competencia, si rige por el domicilio de los litigantes o el litigio, estos corren en paralelo, tienen la misma jerarquía (Ej. Art 4, 7.1)

Considerandos:

Si no hay competencia exclusiva o sumisión tacita o expresa, no se puede aplicar un Reglamento Comunitario si el demandado no pertenece a la UE, por ende, se ve si existe un Convenio Internacional entre las naciones pertenecientes de las partes, y si no lo hay se acude a Normas Internas.

Para Suiza, Noruega e Islandia, se aplica el convenio de Lugano II con la UE, que es una réplica del Bruselas 44/2001.

DETERMINACION LEY APLICABLE

1. Determinación Indirecta – Norma de Conflicto (Ius Cogens)

Se analiza el supuesto de hecho, la materia, y según esta se ve que legislación se aplica.

Ej.

Nulidad Matrimonio – CC art.107

Sucesión por desaparición o muerte – CC art. 9.1

2. Determinación Directa – Normas Materiales Especiales

Casos específicos, en donde se analiza específicamente la legislación, ej. Convención de Viena 1980

3. Determinación Intermedia – Normas de Extensión

Aplico legislación interna al caso internacional, para los casos de Derecho Público y Privado institucional

Consideraciones:

Reenvió: Solo se permite de primer grado en materia de sucesiones

Hay reenvío de primer grado A→B → A

Reenvío de segundo grado A→B →C o →D

Hay que ver el artículo 12. 2. Se admite el reenvío de primer grado pero no el de segundo grado.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb) pdf (119 Kb) docx (11 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com