DETERMINACIÓN DE HEREDEROS Y PARTICIÓN ANTE EL TRIBUNAL DE TIERRAS
Enviado por denisseb04 • 26 de Noviembre de 2014 • 850 Palabras (4 Páginas) • 374 Visitas
DETERMINACIÓN DE HEREDEROS Y PARTICIÓN ANTE EL TRIBUNAL DE TIERRAS.
CONCEPTO DE DETERMINACIÓN DE HEREDEROS: es un procedimiento legal que se lleva por ante la jurisdicción inmobiliaria con el objetivo de registrar a nombre de los herederos, o coparticipes, o legatarios los derechos inmobiliarios registrados sobre uno o varios inmuebles, o en proceso de registro, que pertenecieron a su causante fallecido.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA DETERMINACIÓN DE HEREDEROS: art. 57 de la ley 108-05, de registro inmobiliario y los artículos 138 y 157 del reglamento de los tribunales.
COMPETENCIA ADMINISTRATIVA Y JURISDICCIONAL: ésta le ha sido otorgada al tribunal de jurisdicción original; En aquellos casos en que se trate de inmuebles ubicados en diferentes jurisdicciones la primera jurisdicción apoderada será el tribunal competente.
EL EXPEDIENTE DE LA DETERMINACIÓN DE HEREDEROS: éste debe contener los siguientes documentos
Art. 142, del R.T.T; La solicitud de partición amigable más los siguientes documentos anexos:
a) La propuesta de partición de los derechos.
b) El proyecto de subdivisión del inmueble.
c) El o los Duplicados de Certificado de Título correspondiente.
d) La certificación del estado actual del inmueble, expedida por el Registro de
Títulos correspondiente.
e) Copia certificada de la decisión judicial de determinación de herederos, o del
acto de notoriedad que pruebe la calidad de los mismos, en caso de tratarse
de partición entre coherederos, si procediere.
PROCEDIMIENTO DE LA DETERMINACIÓN DE HEREDEROS: es un procedimiento administrativo, salvo los casos en que el expediente no ha sido correctamente sometido.
FORMA DE LOS HEREDEROS Y LEGATARIOS PARA HACER FIGURAR A SU NOMBRE DERECHOS PERTENECIENTE A SU CAUSANTE:
Artículo 145. Cuando el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original homologue la propuesta de partición, autorizará a las partes a someter el proyecto de subdivisión ante la Dirección Regional de Mensuras y Catastro correspondiente.
Artículo 146. La Dirección Regional de Mensuras y Catastro, una vez revisados y aprobados los trabajos de mensura tendentes a la subdivisión del inmueble, remitirá dicha aprobación al Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original correspondiente.
Artículo 147. El Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, una vez recibida la aprobación de los trabajos de mensura tendentes a la subdivisión del inmueble, ordenará al Registro de Títulos correspondiente efectué el registro de las modificaciones resultantes de la subdivisión.
LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA: cuando un expediente esta completo El Tribunal apoderado, dictara una resolución con motivos y dispositivos suficientes para dejar claramente quienes son las personas que tienen derecho a recoger los bienes de la sucesión, y la
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