DIFERENCIAS ENTRE LETRA DE CAMBIO Y CHEQUE
Enviado por KARINA BELEN FLORENTINO CHAVEZ • 25 de Octubre de 2021 • Apuntes • 566 Palabras (3 Páginas) • 104 Visitas
DIFERENCIAS ENTRE LETRA DE CAMBIO Y CHEQUE
LETRA DE CAMBIO | CHEQUE |
ES UN TITULO DE CREDITO | ES UN INSTRUMENTO DE PAGO |
LA MENCIÓN DE SER LETRA DE CAMBIO, INSERTA EN EL DOCUMENTO | LA MENCION DE SER CHEQUE INSERTA EN EL TEXTO DEL DOCUMENTO |
DOMICILIO DEL PAGO, ESTE PUEDE SER DESIGNADO | EL PAGO, SIEMPRE SE EFECTUARA EN UNA INSTITUCION BANCARIA |
LA LETRA DE CAMBIO PUEDE SER GIRADA: 1.- A LA VISTA. 2.- A CIERTO TIEMPO VISTA. 3.- A CIERTO TIEMPO FECHA. 4.- A DIA FIJO. | EL CHEQUE SOLAMENTE SE PUEDE EXPEDIR A: 1.- AL PORTADOR. 2.- NOMINATIVO, ES DECIR A NOMBRE DE DETERMINADA PERSONA. |
LA FECHA DE VENCIMIENTO, ES DIFERENTE AL CHEQUE, VER ARTICULO 80 LGTOC. | LA FECHA DE VENCIMIENTO ES DIFERENTE A LA DE LA LETRA DE CAMBIO, VER ART. 181. |
EL GIRADO ES UNA PERSONA FISICA. | EL GIRADO, VA A SER SIEMPRE LA INSTITUCION BANCARIA. |
LA LETRA DE CAMBIO EXPEDIDA AL PORTADOR, NO PRODUCIRA EFECTOS DE L. DE CAMBIO. | EL CHEQUE GIRADO AL PORTADOR, PRODUCIRA LOS MISMOS EFECTOS DE UN CHEQUE. |
EL ENDOSO EN PROPIEDAD DE UNA LETRA DE CAMBIO, OBLIGA AL ENDOSANTE SOLIDARIAMNETE CON LOS DEMAS RESPONSABLES DEL VALOR DE LA LETRA ARTICULO 90 LGTOC. | EL ENDOSO EN PROPIEDAD DE UN CHEQUE, TRANSMITE TODOS LOS DERECHOS QUE EL TENEDOR DE ESTE TENIA CUANDO ESTABA EN SU PODER. |
EL FORMATO DE ESTE SE PUEDE ADQUIRIR EN CUALQUIER PAPELERIUA, O INCLUSO SE PUEDE ELABORAR. | EL FORMATO DEL CHEQUE, SOLO LO PODRA EXPEDIR LA INSTITUCION BANCARTIA, DEBIDAMNETE FOLIADOS Y CON LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD CARACTERISTICAS DEL CHEQUE. |
SE REQUIERE DE UN AVAL, QUE GARANTIZE EL PAGO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION. | EN ESTE NO SE REQUIERE AVAL, YA QUE LA INSTITUCION BANCARIA, FUNGE COMO AVAL, YA QUE ES ESTA LA QUE EFECTUA EL PAGO DEL DOCUMENTO. |
LA LETRA DEBE SER PRESENTADA PARA SU PAGO EL DIA DE SU VENCIMIENTO. | EL PAGO DEL CHEQUE SE PODRA EFECTUAR EN CUALQUIER MOMENTO, A LA HORA QUE SE PRESENTE PARA SU PAGO, LA INSTITUCION DEBERA LIQUIDAR EL DOCUMENTO, Y EN EL CHEQUE NO SE DEBERA ESPERAR A SU VENCIMIENTO. |
TIENE TRES AÑOS PARA SU PRESCRIPCION. | EL CHEQUE TIENE SOLO SEIS MESES. |
TIENE UNA SANCION MENOR EL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO. | SU SANCION ES MAYOR QUE LA DE LA LETRA DE CAMBIO, Y NUNCA SERA MENOR AL 20% DEL VALOR DEL CHEQUE. |
Letra de cambio | Cheque. | Pagare. | |
Concepto. | Titulo de crédito que contiene la orden incondicional que una persona da a otra, de pagar una suma de dinero a un tercero, en época y lugar determinados. | ||
Formula cambiaria. | Se servirá usted pagar a… | Páguese a… | Me obligo a pagar… |
Elementos personales esenciales. | Girador. Emite la letra Girado. Acepta y paga la letra Beneficiario. Cobra la letra | Suscriptor. Emite el titulo Beneficiario. Cobra el pagare | |
Necesidad de un contrato para complemento de la obligación bancaria. | No | Si; contrato de cheques entre librador y librado | No |
Necesidad de participación de un banco para el perfeccionamiento. | No | Si | No |
Utilidad económica comercial. | Instrumento para cambiar dinero de plaza | Instrumento de pago | Instrumento de crédito |
Posibilidad de revocación. | Solo el aceptante, y antes de que regrese la letra al tenedor | Si, después de los plazos de presentación | No |
Posibilidad de pactar intereses. | No | No | Si |
Posibilidad de emisión al portador. | No | Si | No |
Necesidad de aceptación de la obligación cambiaria. | Si | No | No |
Tipos de vencimiento. | A la vista A cierto tiempo vista A cierto tiempo fecha A día fijo | Exclusivamente a la vista | A la vista A cierto tiempo vista A cierto tiempo fecha A día fijo |
Plazos de presentación para vencimiento a la vista. | Seis meses | 15 días para cobros en plaza; un mes en la Republica; tres meses cualquier otro | Seis meses |
Obligación para el beneficiario de levantar el protesto personalmente. | Si | No | Si |
Caducidad de la acción cambiaria directa. | No; pero se puede perder por negligencia | Si; expresamente | No; pero se puede perder por negligencia |
Plazo de prescripción de titulo, acción directa, o ambos. | Tres años | Seis meses | Tres años |
...