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DRECHO CIVL


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2012  •  2.363 Palabras (10 Páginas)  •  287 Visitas

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Salón: 306

PRESENTACION

La Democracia no se sustenta sólo en la Libertad; su basamento principal se halla en la Justicia, si esta no rige en forma plena, el Pueblo queda desamparado en sus derechos.

En la necesidad de garantizar estos derechos radica la importancia de una institución como el Consejo Nacional de la Magistratura. Hoy, el CNM tiene gran responsabilidad en la construcción de una administración de justicia independiente y creíble para la ciudadanía, es una de las más importantes innovaciones que trajo consigo la vigente Constitución Política del Perú.

El Consejo Nacional de la Magistratura, Se rige por la Constitución Política y su propia Ley Orgánica, Ley N° 26397, publicada el 12 de diciembre de 1994.

Este Organismo, independiente por mandato constitucional, tiene la muy alta y delicada misión de seleccionar, nombrar y periódicamente ratificar a jueces y fiscales sólidamente probos, independientes, provistos de irreductibles valores éticos y morales, idóneos para garantizar la plena vigencia de los derechos de la persona y el respeto a su dignidad, a través de una correcta administración de justicia.

También el CNM tiene como función, procesar disciplinariamente, a jueces y fiscales que, investidos de cualquier jerarquía, incurren en faltas contra los deberes de función, desmereciendo en el concepto público la imagen de probidad, idoneidad e imparcialidad que todo buen juez o fiscal deben observar.

La independencia que nuestra Carta Constitucional le confiere a este organismo, lo dota también de la responsabilidad de elegir y destituir si es el caso, a quienes ejercen las jefaturas de dos importantes organismos que concurren en la realización de las elecciones políticas generales y municipales en el Perú.

Estos son La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC), de cuyo accionar e independencia depende en grado sumo, la realización de comicios limpios y transparentes, garantizando con ello la vigencia plena de un estado democrático.

El Consejo Nacional de la Magistratura es entonces un organismo a quien la Constitución Política le reconoce amplios poderes, hoy restituidos. Por ello es que el ejercicio exclusivo de sus facultades, la independencia en el cumplimiento de las mismas y la idoneidad de quienes lo conforman, son y serán la garantía de la utilización de sus funciones en forma independiente, imparcial y transparente.

MISIÓN

Fortalecer el sistema de administración de justicia, nombrando y ratificando a jueces y fiscales probos y eficientes y destituyendo a los que transgredan sus responsabilidades, contribuyendo de ese modo a mejorar la administración de justicia y la defensa de la legalidad en el país.

VISIÓN

Organización eficiente con elevado nivel de credibilidad, que innova formas inteligentes de evaluación, y desarrolla procesos justos y transparentes en la incorporación y separación de magistrados y autoridades civiles-administrativas, para consolidar organizaciones que sean reconocidas y aceptadas por la sociedad en su función de administración de justicia y legalidad.

FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

El Consejo Nacional de la Magistratura es la institución a la cual están encomendadas específicamente las funciones correlativas a la titulación, nombramiento, ratificación y destitución de jueces y fiscales de todos los niveles. Tanto la institución como la función tienen rango constitucional. La responsabilidad correlativa al ejercicio de tales funciones, también es constitucional, es decir, política. El supuesto necesario es la Autonomía. Autonomía es la capacidad de establecer las normas del propio funcionamiento. Si no hay Autonomía, no hay responsabilidad. La competencia del CNM –como toda competencia para el ejercicio de las funciones públicas- es exclusiva y excluyente. Es exclusiva porque tales funciones sólo pueden ser ejercidas por el Consejo Nacional de la Magistratura, y es excluyente porque ninguna otra autoridad del Estado tiene facultad para asumir alguna de esas funciones. El propósito es uno solo: constituir y preservar un cuerpo de jueces y fiscales capaces de resolver con idoneidad, eficiencia y eficacia el conflicto jurídico social, que es la razón de ser tanto del Poder Judicial como del Ministerio Público. Estos son los principios rectores de la organización y funcionamiento del Consejo Nacional de la Magistratura. Conviene ajustarse e ellos en orden al fortalecimiento de las instituciones y del sistema democrático.

Las cuatro funciones asignadas al Consejo Nacional de la Magistratura tienen la misma importancia, pero son radicalmente distintas. La razón está en que son diversos los objetivos perseguidos. Por consiguiente deben ser distintos los criterios a utilizar en cada caso y por eso mismo diferentes los procedimientos a seguir.

En la Titulación de los jueces y fiscales prima el aspecto formal. Supone un conjunto de procedimientos rigurosos destinados

a) a dejar constancia de los acuerdos –de nombrar, ratificar, destituir-;

b) otorgar certificaciones formalmente intachables de esos acuerdos,

c) Constituir un registro de los actos y certificaciones mencionados en a) y b).

El Nombramiento de jueces y fiscales no interesa por el rigor de la forma sino por la idoneidad de los resultados. En este caso importan sobre todo las definiciones de los criterios a seguir en los procedimientos de calificación de méritos y evaluación de aptitudes de los aspirantes o postulantes. Prima aquí la diversidad.

i) Interesa conocer las aptitudes, conocimientos, aspiraciones de quienes pretenden integrarse al cuerpo de jueces en los primeros escalones. Los postulantes ordinariamente serán jovenes estudiosos. Será pertinente un examen escrito sobre la base de un cuestionario con preguntas relacionadas al contenido del sistema normativo sustancial y procesal especializado que permita evaluar sus conocimientos y destrezas para elaborar ordenadamente los expedientes y resolverlos.

ii) Conviene calibrar la capacidad, experiencia, méritos y realizaciones de quienes aspiran a ejercer funciones en la jerarquía intermedia de la administración de justicia, como Vocales o Fiscales Superiores. Es atinado un examen escrito sobre temas de la especialidad lo cual será util para conocer sus criterios de interpretación de las normas del sistema jurídico, así como sus capacidades para revisar las resoluciones de los magistrados de las instancias de fallo y evaluar su idoneidad.

iii) Y en el caso de quienes postulan al ejercicio de la función judicial o fiscal en el nivel Supremo, será necesaria la acreditación

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