Darle La Mano Al Que Llega
Enviado por mitsyta • 17 de Febrero de 2015 • 1.100 Palabras (5 Páginas) • 222 Visitas
DARLE LA MANO AL QUE LLEGA
<<Mariela Romero Carmona>>
Se dice en el argot de la región Orinoquía, que <<es Ley del llanero darle la mano al que llega>>, de ésta manera se cree que todo foráneo que pisa nuestras tierras será bien recibido, con hospitalidad, generosidad y dicharachería. Nada más ajustado a la generalidad de nuestra nación, puesto que en muchas regiones del país se trata de manera especial a los forasteros, se les hace sentir el calor de gente, el sabor de los excéntricos platos e incluso la calidez de nuestra belleza femenina, luego entonces ¿Qué tan importante es en Colombia contar con la calidad de colombiano?.
En contexto, gozamos de una aceptación generalizada de los extranjeros, cuentan incluso con un capítulo en nuestra carta política, donde se reconocen “los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos” obedeciendo a la integración latinoamericana y fronteriza, implícitas en el preámbulo de la Constitución y en explícitamente en los artículos 227 y 289, permitiéndoles “concretamente la facultad de votar en las elecciones de Alcaldes mayores, Alcalde municipales, concejales y ediles así mismo, participar en consultas populares que se lleven a cabo en municipios y distritos” . Así mismo su nacionalidad a quienes siendo de otro país soliciten y obtengan una carta de naturalización, entre otras potestades universales con que cuenta todo ser, “Correlativo a lo anterior los extranjeros son titulares de los mecanismos constitucionales para hacer efectiva la garantía de los derechos que a ellos les reconoce el ordenamiento jurídico. Así, pueden interponer acciones de hábeas corpus , tutela , cumplimiento , populares y de grupo por cuanto ellas tienen como sujeto activo a toda persona. Recuérdese que los sujetos de estas modalidades de protección constitucional no lo son por virtud del vínculo político que exista con el Estado colombiano sino por el hecho de ser personas .
Sobre este particular, esta Corporación ha sostenido “que bajo el nuevo marco constitucional, en ningún caso el legislador está habilitado y mucho menos la autoridad administrativa [...] para desconocer la vigencia y el alcance de los derechos fundamentales ni los derechos inherentes a la persona humana garantizados en la Carta Política y en los tratados internacionales en el caso de los extranjeros, así aquéllos se encuentren en condiciones de permanencia irregular. ... En este sentido, debe precisarse que dicho reconocimiento genera al mismo tiempo la responsabilidad en cabeza del extranjero, de atender cabal y estrictamente el cumplimiento de los deberes y obligaciones que la misma normatividad consagra para todos los residentes en el territorio de la República conforme lo ordena el inciso segundo del artículo 4 Superior”
De manera pues que como principio de reciprocidad se puede predicar que así como cuentan con una lista de derechos también tienen a su cargo las obligaciones propias de quienes somos colombianos, bien sea por nacimiento o por adopción, siendo a priori nuestra nacionalidad una calidad no muy diferenciadora del ejercicio ciudadano.
Sin embargo, yendo más a fondo, ésta calidad puede ser ostentada por nacimiento si se trata de un oriundo, en los casos en que haya nacido en territorio colombiano o que sus padres hayan sido siendo nacionales colombianos o que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en la República en el momento del nacimiento. Así como
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