Defensasy Excepciones
Enviado por Marielbonita • 7 de Agosto de 2013 • 939 Palabras (4 Páginas) • 322 Visitas
Excepción y Defensa
Dentro de las leyes mexicanas no se especifica la defensa ni es reglamentada como tal. Ya en la práctica se engloba en la excepción como lo son y se adhieren las defensas, lo que en la práctica es la excepción a lo que anteriormente se conocía como defensas. Con relación a la historia y haciendo distinción entre excepción y defensa, Aguirre dice: “Las excepciones son oposiciones sustanciales o de fondo y aunque se hayan confundido con elementos procesales pensamos que todavía es posible rescatar su esencia, su naturaleza original. Las excepciones son oposiciones que no desconocen o niegan la existencia de la razón o de los hechos y derechos en los que el actor pretende fundamentar su demanda, sino que le contraponen nuevos o diferentes hechos y/o derechos, suficientes para excluir, desvirtuar o postergar, los efectos jurídicos pretendidos por el actor. Oposición que va más allá de la simple negación o desconocimiento de la razón o fundamento en que el demandante apoya su pretensión. Creemos que los conceptos de defensa y excepción pueden y deben ser distinguidos. La defensa es la simple negación de la razón, hechos y/o derechos de la pretensión del actor. Mientras que la excepción va más allá de esto, para contraponer otros nuevos o diferentes hechos y derechos, suficientes para excluir, exceptuar o anular, los efectos jurídicos que normalmente corresponderían a los hechos y derechos que el actor trae a juicio, pero sin tener en consideración otras circunstancias, como por quién son traídos a juicio; si pueden no ser tomados de oficio; por considerar que fluctúan de acuerdo con la mayor o menor política publicista del proceso. Es decir, carecen de solidez suficiente como para fundamentar una diferencia científica.”
En la demanda existe una afirmación que conlleva la pretensión del actor, a la cual el demandado responde: “no es verdad, no es verdad lo que afirmas, no es cierto que exista tu derecho o no es cierto que existan los hechos sobre los cuales pretendes desprender la consecuencia de tu pretensión”, lo cual dirige hacia la existencia y fundamentación de la pretensión y, por tanto, sería una típica defensa. La excepción implicaría que el demandado alega un hecho o circunstancia nueva que modifica la situación anterior, lo cual puede ejemplificar la prescripción, ya que aún reconociendo como ciertos los hechos que fundamentan la pretensión y el derecho que los funda, debido al transcurso de cierto tiempo, en virtud del cual opera la prescripción (excepción); contrario a negar la existencia de la obligación, lo cual sería una defensa característica. Actualmente no se lleva a cabo tal distinción, debido a que se engloban la excepción junto con las defensas tradicionales.
En el derecho romano se encuentra el origen histórico de la excepción, el cual apareció después de las prescripciones. Se introdujo por los pretores en el derecho romano para atenuar la rigidez del derecho civil y
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