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Definiciones De Acto Y Hecho Juridico


Enviado por   •  8 de Febrero de 2014  •  611 Palabras (3 Páginas)  •  382 Visitas

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Investiga la definición y elementos del hecho y acto jurídico.

Todo suceso o acontecimiento, ya sea producido por la naturaleza o por el hombre son hechos. En el primer caso serán hechos naturales (la lluvia, el terremoto, el eclipse), en el segundo, serán hechos humanos (pintar una casa, tomar un medio de transporte, conducir un automóvil)

HECHO

JURÍDICO

Concepto

En un sentido amplio se define al Hecho Jurídico de las siguientes formas:

Son acontecimientos o acciones que se producen en un lugar y tiempo determinado y al acontecer modifican una realidad produciendo consecuencias jurídicas. Un hecho jurídico no tiene que ser voluntario ni controlable por la persona. Son todos aquellos acontecimientos naturales o del hombre que sin intervenir su voluntad para producir consecuencias de derecho estas se originan

Es aquel que provoca consecuencias en el campo del derecho sin que haya la intencionalidad del hombre para ese efecto.

Los hechos Jurídicos serán acontecimientos Independientes a la voluntad Humana susceptibles de producir efectos en el campo del derecho.

Los hechos jurídicos se clasifican en: Hechos Naturales y Hechos Humanos que producen consecuencias de derecho, siempre y cuando no haya intenciones de producir dichas consecuencias.

ACTO

JURÍDICO

Concepto

El Acto Jurídico puede ser definido de las siguientes maneras:

Manifestación de voluntad que se ejecuta con la intención de producir consecuencias en derecho.

Hecho, acción, ejecución o manera de proceder voluntario con la intención y objeto de crear, modificar, transferir o extinguir derechos y de producir efectos jurídicos.

Acto jurídico, es la manifestación libre, consciente y deliberada de voluntad que tiene por finalidad crear, modificar, extinguir, transferir derechos u obligaciones, o producir otras consecuencias jurídicamente relevantes.

Manifestación de voluntad hecha con la intención de crear, modificar o extinguir derechos y que produce los efectos queridos por su autor o por las partes porque el derecho sanciona (reconoce) dicha manifestación de voluntad como apta o idónea para producir efectos jurídicos. La voluntad necesaria para el acto jurídico, debe manifestarse. Esta voluntad persigue una finalidad específica, que es, como se dijo anteriormente, producir efectos jurídicos.

Clasificación

Puede clasificarse desde tres puntos de vista:

1. Según la unidad y pluralidad de voluntades que intervienen en su existencia.

2. Atendiendo a la unidad o reciprocidad de las prestaciones producidas por el acto.

3. Según la época en que el acto produce sus efectos. Desde el primer punto de vista (Según la unidad y pluralidad de voluntades que intervienen en su existencia) pueden

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